La Fiscalía pide prisión para seis acusados por un entramado de blanqueo de dinero

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de seis acusados por un entramado de blanqueo de capitales descubierto tras detectarse unas transferencias realizadas de forma telemática desde una cuenta bancaria, sin el consentimiento de su titular. La vista oral está señalada para este jueves, 22 de abril de 2021, en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo, a las 10.00 horas.
Archivo - Juzgados en Oviedo y Audiencia Provincial
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EUROPA PRESS - Archivo
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El Ministerio Fiscal sostiene que, el día 27 de mayo de 2016, en un cuenta bancaria aparecieron reflejadas tres transferencias, con el correspondiente envío de dinero, realizadas de forma telemática sin el consentimiento del titular, por el acusado AAA o por persona a su orden: una de ellas, denominada 'transferencia a A', por importe de 3.000 euros, y otras dos, llamadas 'transferencia a B', por 500 y 100 euros, respectivamente.

Días antes, el acusado AAA, o persona a su orden, conocedor de las transferencias que se iban a realizar y a fin de asegurarse la recepción del dinero, contactó con diversas personas utilizando el nombre ficticio de Joan o Joan Aguilar, ofreciendo un trabajo consistente en recibir dinero en una cuenta bancaria para luego ir transfiriendolo a otras cuentas a cambio de una comisión.

De ese modo, el acusado facilitaba que el dinero llegase a su poder - o al de la tercera persona vinculada-, ocultando y encubriendo dentro del circuito económico tanto la ilicitud de la transferencia como la identidad del real beneficiario.

Así, el dinero de la 'transferencia a A' fue a parar a la cuenta de la acusada*BBB, quien, en días previos, había trabado contacto con una persona que se hacía llamar Joan Aguilar -el acusado AAA o persona a su orden-, y le propuso recibir en su cuenta bancaria transferencias dinerarias para luego sacar el metálico rápidamente e ingresarlo en otras cuentas bancarias que le especificarían, a cambio de quedarse ella con una cantidad de dinero en concepto de comisión.

La acusada, con ánimo de lucro, se avino a participar en esa "extravagante operativa" sin más trámites ni precauciones acerca de las personas con las que iba a formar parte de tal dinámica, ni tener un contrato en regla conforme a la legislación laboral, ni preguntar el origen del dinero que recibía, según el escrito del Ministerio Público.

De este modo, de los 3.000 euros que recibió, sacó 2.800 euros, quedándose ella con 200 euros. De esos 2.800 euros, ese mismo día 27 de mayo ingresó 1.600 euros en una cuenta -dos ingresos en efectivo de 600 y 1000 euros en concepto ambos de 'inversión Joan'-, titularidad del acusado CCC, aunque también la gestionaba su hermana, la acusada DDD.

Esta, tras ponerse en contacto en fecha indeterminada con una mujer llamada Marta y un tal Joan, con ánimo de lucro, aceptó recibir en la mencionada cuenta transferencias dinerarias para luego sacar el metálico y mandarlo a Sudamérica, a cambio de una comisión. La acusada, de acuerdo con su hermano CCC, se avino a participar en esa dinámica sin más trámites ni precauciones acerca de las personas con las que iba a formar parte de tal singular operativa, ni tener un contrato en regla conforme a la legislación laboral, ni preguntar el origen del dinero que recibía.

De este modo, de los 1.600 euros que recibió, ese mismo día 27 realizó dos reintegros por 1.000 y 520 euros -acompañándole al segundo su hermano DDD-, realizando a su vez el acusado DDD, ese mismo día 27,*un envío de 1.478,500 euros a la República Dominicana a nombre de Junior Cordero. Debe significarse que los días 19 y 21 de mayo, el acusado DDD ya había enviado otras cantidades al tal Junior Cordero (395,10 y 305,10 euros).

Unos 1.200 euros en una cuenta -en efectivo en concepto 'inversión Joan'- titularidad de la acusada EEE. Esta, tras ponerse en contacto en fecha indeterminada con una persona indeterminada, aceptó recibir en la cuenta de su titularidad transferencias dinerarias para luego sacar el metálico y remitirlo a otras, a cambio de lo cual le ofrecerían un sueldo y un contrato laboral.

La acusada se avino a participar en esa dinámica sin más trámites ni precauciones acerca de las personas con las que iba a formar parte de tal singular operativa, ni tener un contrato en regla conforme a la legislación laboral, ni preguntar el origen del dinero que recibía. De este modo, de los 1.200 euros que recibió, ese mismo día 27 realizó dos reintegros por 600 euros.

Ese mismo día 27,*la acusada EE realizó un envío de 445,10 euros a la República Dominicana a nombre Junior Cordero, enviando a la misma persona el 5 de junio otros 295,10. Debe significarse que, días previos al hecho de autos recibió otras cantidades del acusado las cuales extrajo para hacerlas llegar a otra persona (1.520 euros), constando envíos al tal Junior Cordero los días 24 y 25 de mayo (495,10; 445, 10 y 295,10 euros).

El dinero de las dos 'transferencias a B' fue a parar a la cuenta del acusado FFF, de nacionalidad ecuatoriana, quien lo sacó de la entidad, haciéndolo llegar al acusado o persona a él ligada. El banco devolvió el importe a la víctima.

La Fiscalía pide por la estafa, al acusado AAA la pena de 1 año y 9 meses de prisión y por el blanqueo, 2 años y 2 meses de prisión y multa de 8.000 euros. A la acusada BBB un 1 año y 5 meses de prisión y multa de 5.500 euros. A los acusados CCC y DDD: a cada uno, 1 año y 5 meses de prisión y multa de 5.000 euros.

A la acusada EEE la pena de 1 año y 5 meses de prisión y multa de 5.000 euros y al acusado FFF la pena de 1 año y 5 meses de prisión y multa de 1.200 euros. Al tratarse de ciudadano extranjero y ser la pena superior a 1 año, se interesa la sustitución por expulsión. Costas compartidas.

En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado AAA indemnice al banco con 3.600 euros, más los intereses legales correspondientes.

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