Además, deberá abona una multa de 360.000 euros y una indemnización a la hacienda pública de cerca de 1,2 millones de euros, según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) este jueves.
La Audiencia, no obstante, ha estimado en parte el recurso del empresario contra la sentencia de 2019 del Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña y ha suprimido la condena de cinco meses de cárcel impuesta por la comisión de un delito contable al entender que queda absorbido por la defraudación tributaria, pues era la finalidad última del acusado.
El tribunal considera acreditado que el acusado, tras disolver la personalidad jurídica de la orquesta París de Noia mediante la contratación de las oficinas y sociedades del Grupo Lito, "obvió llevar la preceptiva contabilidad mercantil, libros o registros fiscales, escondiendo los ingresos y gastos obtenidos y sufridos respectivamente por la orquesta París de Noia".
SOCIEDADES EN EL GRUPO LITO
El condenado, tal y como consta en la resolución de primera instancia confirmada por la Audiencia, mantuvo la orquesta bajo la forma jurídica de una comunidad de bienes desde enero de 1999 hasta el 31 de julio del 2008.
A partir de esa fecha, con la intención de eludir impuestos, decidió mantener opaca la titularidad de la París de Noia, "disolviendo la comunidad de bienes y perdiendo así la orquesta su personalidad jurídica", por lo que utilizó sociedades integradas en el Grupo Lito para eludir el pago de tributos.
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