Puertos del Estado determina que la declaración ambiental del puerto de València sigue vigente

Puertos del Estado ha determinado que la declaración de impacto ambiental (DIA) para la ampliación norte del puerto de València, concedida en 2007, sigue vigente y que la Autoridad Portuaria de Valencia (APV) es la encargada de determinar la necesidad de una nueva evaluación.
ROBER SOLSONA…20210406….VALENCIA……EL PUERTO DE VALENCIA HA RECIBIDO ESTE MARTES EL PRMER BARCO PROCEDENTE DEL CANAL DE SUEZ, TRAS DESENCALLAR EL BUQUE “EVER GIVEN” QUE BLOQUEABA EL TRÁFICO MARÍTIMO
ROBER SOLSONA…20210406….VALENCIA……EL PUERTO DE VALENCIA HA RECIBIDO ESTE MARTES EL PRMER BARCO PROCEDENTE DEL CANAL DE SUEZ, TRAS DESENCALLAR EL BUQUE “EVER GIVEN” QUE BLOQUEABA EL TRÁFICO MARÍTIMO
ROBER SOLSONA
ROBER SOLSONA…20210406….VALENCIA……EL PUERTO DE VALENCIA HA RECIBIDO ESTE MARTES EL PRMER BARCO PROCEDENTE DEL CANAL DE SUEZ, TRAS DESENCALLAR EL BUQUE “EVER GIVEN” QUE BLOQUEABA EL TRÁFICO MARÍTIMO

Así lo recoge el informe jurídico que ha realizado en respuesta a la consulta de Valenciaport sobre la tramitación ambiental del anteproyecto de las obras para el desarrollo de la nueva terminal de contenedores del puerto de València, informa en un comunicado este ente dependiente del Ministerio de Transportes.

A su juicio, puesto que el proyecto de ampliación cuenta con una DIA favorable y las obras comenzaron a ejecutarse antes de cumplirse un año desde su publicación, esta declaración sigue vigente y "no incurre en ninguno de los supuestos de caducidad de las legislaciones en materia de evaluación ambiental, incluyendo la actual Ley 21/2013, de evaluación ambiental".

Otra de las conclusiones es que las modificaciones planteadas en el anteproyecto de las obras a realizar para el desarrollo de la terminal de contenedores en la ampliación norte "no parecen incurrir" en ninguno de los supuestos del artículo 7.2.c de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental, que determina cuándo las modificaciones de proyectos que cuentan con DIA en vigor deben someterse a nueva evaluación ambiental.

No obstante, Puertos destaca que la APV, en su condición de órgano sustantivo del proyecto de acuerdo a la resolución de 31 de marzo de 2021 del Ministerio, será quien debe asumir la responsabilidad dedeterminar el sometimiento o no a evaluación ambiental de las actuaciones contempladas en el anteproyecto presentado, con lo que la nota técnica y el informe jurídico que ha remitido "no constituyen más que una respuesta de carácter informativo" ante su consulta.

QUE EL DRAGADO NO SUPONGA MÁS VERTIDOS

También recomienda que, en caso de que Valenciaport considere la versión final del anteproyecto exenta de evaluación ambiental simplificada, se acredite previamente a la aprobación de los correspondientes proyectos, así como que la intensificación de la actividad de dragado en la dársena interior del puerto no conduzca a un incremento significativo de vertidos al litoral con respecto al proyecto original sometido a declaración ambiental.

Otra de sus recomendaciones es que el material sobrante procedentede las demoliciones o de la retirada prevista de instalacionesportuarias ya ejecutadas, y que figuran sin destino concreto, seareutilizado para relleno de explanadas o para otras infraestructuras del puerto, de forma que no suponga un incremento significativo de la generación de residuos con respecto al proyecto original.

Y, por último, que se constate la inexistencia de nuevos yacimientos no inventariados en los estudios arqueológicos más detallados establecidos en la DIA como medida correctora.

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