La Junta Electoral, 'invitada' al 4-M: los partidos multiplican las denuncias cruzadas en vísperas de la campaña

  • La Junta ha resuelto ya 16 expedientes presentados por el PP, el PSOE, Podemos, Más Madrid y Vox.
  • ​No ha habido sanción económica para los incumplimientos y algunos juristas piden "endurecer" las multas.
El candidato de Podemos, Pablo Iglesias, y la actual presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en una foto de archivo.
El candidato de Podemos, Pablo Iglesias, y la actual presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en una foto de archivo.
EP
El candidato de Podemos, Pablo Iglesias, y la actual presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en una foto de archivo.

La batalla por ocupar la Presidencia de la Comunidad de Madrid no se va a dar tan solo en los mítines que dé cada candidato ni en las redes sociales. La Junta Electoral ha sido el último organismo invitado a sumarse al convite, incluso antes de que comience oficialmente la campaña, fijada para el próximo 17 de abril. Desde hace días los partidos han comenzado a denunciarse entre sí: el PP al PSOE, a Podemos y a Telemadrid y RTVE; y socialistas y morados, junto a Más Madrid, al PP. Fuentes del tribunal, en conversación con 20Minutos, cifran en 16 las resoluciones que ha tenido que acordar la Junta hasta ahora. Eso sí, todas se han saldado sin sanciones económicas, lo que ha abierto el debate entre juristas sobre si se deben endurecer las multas.

Más allá de la efectividad de las denuncias, las formaciones han decidido jugar en este terreno, que no es en sí judicial pero trasciende el político. Tal es el marcaje electoral entre sí que la primera denuncia que interpuso el PSOE contra Ayuso fue por la rueda de prensa en la que la presidenta anunció la disolución de las cortes madrileñas y la convocatoria anticipada de elecciones el pasado 10 de marzo. Más tarde, también elevó ante la Junta otra comparecencia, la del 15 de marzo. La presidenta, favorita en las encuestas, es la gran rival a batir. Y es que, también Más Madrid impugnó una rueda de prensa que dio una semana más tarde y unos folletos electorales que repartió la formación conservadora con una fotografía de Ayuso.

Dichas denuncias fueron en parte estimadas por la Junta Electoral Provincial: la presidenta no infringió la ley en las ruedas de prensa del 10 y del 17 de marzo, pero sí lo hizo en la del 15. "En la fase de preguntas, pidió el voto para su candidatura; Ayuso debería haber tenido cuidado", concluyó el organismo. No obstante, se quedó en un reproche, como la denuncia de los folletos, que fueron obligados a salir de la circulación al ser la foto de Ayuso "protagonista".

Estimadas parcialmente también fueron las denuncias que presentó el Partido Popular contra Podemos por una campaña que lanzó en redes la formación morada para dar publicidad a los microcréditos, su forma de financiar la campaña a través de aportaciones de ciudadanos, y contra Iglesias, por el vídeo en el que anunció que dejaba la Vicepresidencia Segunda del Ejecutivo para lanzarse a la arena política madrileña. La Junta entendió "legítima" la primera campaña, pero obligó su modificación porque en ella Podemos pedía directamente el voto, lo que supone una infracción del artículo 53 de la ley electoral (LOREG). Los miembros de la JE también reprocharon el vídeo a Iglesias por incumplir el artículo 50 de la misma ley, aunque tampoco hubo sanción. 

Tuvieron menos suerte los populares en sus demás denuncias contra otro de los vídeos realizados por Iglesias desde su despacho (la queja sobre su despedida fue archivada al "no aludir a los logros del Gobierno") y contra Telemadrid y RTVE, cuyo archivo fue justificado por la Junta al estar amparadas las expresiones denunciadas en la "libertad de expresión". Asimismo, la Junta rechazó la impugnación del PSOE contra la lista electoral del PP por incluir en ella a Toni Cantó, exportavoz de Ciudadanos en las Cortes valencianas, y Agustín Conde, exalcalde de Toledo.

La falta de sanciones económicas y su levedad cuando las hay (la Junta Electoral Central multó con 500 euros a Pedro Sánchez por hacer campaña desde La Moncloa en vísperas de los comicios generales del 10 de noviembre de 2019) ha abierto el debate entre juristas sobre si las actuales herramientas son válidas para que las juntas electorales (la central, las provinciales y las de zona) cumplan su función, que es hacer "garante" el proceso electoral. El abogado Enrique Arnaldo, Copresidente de la Sección de Derecho Constitucional del Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), criticó recientemente en una entrevista con Europa Press que las sanciones "no producen efectos disuasorios".

Por ello, abogó por la actualización de las cuantías económicas de las multas que supone saltarse la ley, que data de 1985. En la actualidad, el montante de las sanciones de la Junta Electoral provincial pueden llegar hasta los 1.200 y, las de Zona, a 600.

No cree lo mismo Eloy García, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid. En su opinión, no es necesaria esa subida porque el "efecto fundamental" de las sanciones es la "desautorización". En conversación con este diario, pone en valor que la Junta Electoral Central, formada por seis magistrados y cinco catedráticos, es un órgano en el que "siempre" hay consenso, lo que "asevera" sus consideraciones

Además, recalca que en la actualidad, "más que el dinero, lo importante es la imagen, que sancionen a un cargo público por hacer uso partidista de las instituciones de todos". "Es un órgano neutral con un gran prestigio: enmendar la plana al gobierno o a la oposición es un castigo muy fuerte", añade el jurista, que formó parte de la Junta Electoral provincial de Galicia.

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