Condenan a Visión 6 a pagar 30.000 euros en indemnizaciones a Amiab por 18 vídeos que atentaban contra su honor

El Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Albacete ha condenado a Cable Visión Albacete a indemnizar con 15.000 euros a Amiab y otros 15.000 euros a Pedro Jesús Saéz por 18 vídeos emitidos en Visión 6 Televisión en los que se cometía una intromisión ilegítima del honor de los demandantes.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, también se condena a la referida mercantil a retirar tanto de la propia web de Visión 6 como del portal de Youtube los citados vídeos y de cuantas páginas webs aparezcan, así como a no volver a publicarlos.

El fallo también señala que la empresa condenada deberá difundir a su costa el fallo de la sentencia una vez firme la misma, en el mismo programa en que se emitieron los vídeos, y se publique la citada resolución en la página web de Visión 6 Televisión.

El tribunal albaceteño justifica la indemnización para los demandantes señalando que aunque es cierto que no ha quedado acreditado un "daño real y efectivo" a su situación económico-financiera, el número de visionados es "importante" atendido que el que accede a esta información en distintas plataformas es quien tiene algún interés en la noticia, el que la busca o directamente recibe un mensaje con los videos.

Por lo tanto, apunta que son en estas personas en las que el daño al honor de los actores se hace "real y efectivo" -vecinos, compañeros de trabajo, otras empresas o asociaciones sin ánimo de lucro, instituciones públicas- y alcanza trascendencia.

La sentencia se podrá impugnar mediante recurso de apelación, que se interpondrá ante el Tribunal que haya dictado la resolución que se impugne, dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación de la misma.

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