¿Es legal que un inquilino pueda subalquilar habitaciones de la vivienda?

  • Sí, es legal subarrendar estancias de la casa, pero solo con el consentimiento expreso del propietario.  
Dos amigas consultan sus ordenadores portátiles en el comedor de una vivienda compartida
Dos amigas consultan sus ordenadores portátiles en el comedor de una vivienda compartida
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Dos amigas consultan sus ordenadores portátiles en el comedor de una vivienda compartida

En España es una opción común que haya personas que viven en una vivienda de alquilar que a su vez subarrenden una o varias habitaciones de una casa para obtener un beneficio económico.

¿Pero es una práctica legal? 20minutos ha consultado a diferentes expertos, que coinciden en que es una fórmula completamente legal, siempre y cuando exista un consentimiento expreso del propietario de la vivienda.

Se necesita el consentimiento expreso del propietario

Arantxa Goenaga, abogada especialista en Derecho Inmobiliario y socia del despacho Círculo Legal Barcelona, explica a este diario que «se pueden subarrendar habitaciones a otras personas pero tiene que estar autorizado en el contrato».

Por tanto, no sirve con un mero consentimiento verbal, sino que deberá estar plasmado en el contrato, o como anexo posterior al contrato.

Goenaga advierte de que «si no hay un consentimiento expreso el subarriendo, por ley, está prohibido». Respecto a los requisitos, la especialista en Derecho Inmobiliario afirma que el subarriendo de una o varias habitaciones «siempre será por el mismo tiempo que figure en el contrato original». «Si el contrato acaba a los tres años, el subarriendo tendrá que ser igual, por el mismo tiempo», subraya Goenaga. Con respecto al resto de requisitos puede ser como un alquiler normal.

Subarriendo parcial

Si se trata de un contrato de alquiler por habitaciones estaríamos ante un subarriendo parcial. «Hay propietarios que lo hacen así, alquilan habitaciones en lugar de toda la vivienda completa», indica.

Por último, la abogada de Círculo Legal Barcelona asegura que si el inquilino no tiene autorización del propietario, y aún así se dedica a subarrendar habitaciones, en ese caso «habría que interponer una demanda por incumplimiento del contrato», ya que se estaría vulnerando una de las cláusulas que es que no pueden vivir en la vivienda otras personas de las que figuren en el contrato.

Contrato para quienes alquilen las habitaciones

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Archivo - Alquiler de viviendas
EUROPA PRESS - Archivo

Según recalcan desde la empresa Alquiler Seguro, en caso de que el arrendador acepte, el primer inquilino tendrá que hacer un contrato a cada una de las personas que subarriéndenlas habitaciones, especificando la zona que se ha cedido y las normas existentes en esa vivienda de alquiler. Además, es necesario que aparezca la cuantía a pagar, que nunca puede ser mayor a la totalidad de la renta existente, y el tiempo que se prolongará, que no puede superar la duración del arrendamiento pactado en el primer contrato con la propiedad.

Precauciones a tomar si quiero subarrendar

Además de tener el consentimiento expreso del propietario (de lo contrario se trataría de una ilegalidad), es importante que el inquilino sepa la manera en la que se declaran los ingresos del subarrendamiento ante Hacienda, advierten desde Legálitas.

Al contrario de lo que ocurre en el caso del propietario que alquila un inmueble, que se debe declarar como rendimiento de capital inmobiliario, en el caso de que seas un inquilino que quiere realizar un subarrendamiento, los rendimientos que se obtengan deben ser declarados como rendimientos del capital mobiliario.

Unas llaves sobre un contrato de compraventa de vivienda y un contrato de arrendamiento (alquiler) de una habitación en una vivienda compartida.
Unas llaves sobre un contrato de compraventa de vivienda y un contrato de arrendamiento (alquiler) de una habitación en una vivienda compartida.
Eduardo Parra - Europa Press - Archivo

¿Cuánto cuesta alquilar una habitación en España?

El precio medio de alquilar una habitación en un piso compartido en España es de 396 euros, un 28 % inferior a la media europea (550 euros). El precio es más elevado en Barcelona (443 euros) y en Madrid (403 euros), según un estudio de la plataforma de alquiler de habitaciones Badi y la consultora Savills Aguirre Newman en estas dos ciudades que atraen la mayor parte de la demanda en España.

Primer día tras el fin del estado de alarma, en Las Ramblas, Barcelona.
En Barcelona el alquiler medio de una habitación cuesta 443 euros. En la imagen, varios vecinos paseando por Las Ramblas.
TONI ALBIR / EFE

El estudio, basado en el análisis de las más de 200.000 habitaciones publicadas por Budi en 2019, refleja que Barcelona, con más de 90.000 habitaciones, concentra el 43% de este mercado, seguida de Madrid, con el 29,8% (50.000 habitaciones), y Valencia, con el 5%.

Un mercado al alza que en la capital catalana ha aumentado un 46% desde 2015 y que seguirá creciendo en torno a un 32% en los próximos años, según las previsiones del estudio.

La brecha entre el precio que pide el propietario y lo que está dispuesto a pagar el demandante de una habitación (obtenida a partir de las búsquedas con rangos de precios) es del 12% en Madrid y Barcelona (7 % a nivel nacional), frente al 50 % del alquiler tradicional, según el informe.

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