Alquileres, familia o pensiones: las deducciones más habituales en el IRPF

Gracias a este simulador, cualquier persona podrá calcular si tiene que pagar o por el contrario le tienen que devolver dinero en la próxima declaración. No obstante, la herramienta no sirve para presentar de forma oficial el documento. El próximo 7 de abril arranca la campaña de la declaración de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio económico del año 2020. ​ ​Este año se incorporan novedades y una de las más importantes es la relacionada con los Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) puestos en marcha como consecuencia de la pandemia del coronavirus y que tributan como rendimientos del trabajo. Así, los contribuyentes tendrán hasta el 30 de junio para presentar el borrador de la declaración en Hacienda. Desde el 7 de abril se podrá tramitar la declaración a través de Internet, mientras que el 6 de mayo comenzará la realización por vía telefónica y a partir del 2 de junio de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
Deducciones aplicables en la declaración para ahorrar en impuestos.
Gracias a este simulador, cualquier persona podrá calcular si tiene que pagar o por el contrario le tienen que devolver dinero en la próxima declaración. No obstante, la herramienta no sirve para presentar de forma oficial el documento. El próximo 7 de abril arranca la campaña de la declaración de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio económico del año 2020. ​ ​Este año se incorporan novedades y una de las más importantes es la relacionada con los Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) puestos en marcha como consecuencia de la pandemia del coronavirus y que tributan como rendimientos del trabajo. Así, los contribuyentes tendrán hasta el 30 de junio para presentar el borrador de la declaración en Hacienda. Desde el 7 de abril se podrá tramitar la declaración a través de Internet, mientras que el 6 de mayo comenzará la realización por vía telefónica y a partir del 2 de junio de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Este miércoles 7 de abril comienza la campaña de la Renta correspondiente al ejercicio de 2020 y los expertos recomiendan comprobar detenidamente el borrador antes de presentarlo porque puede que no se incluyan determinados datos que deben ser aportados por los contribuyentes. Esto ocurre en el caso de determinadas deducciones, como por la vivienda o el nacimiento de hijos. 

En este sentido, el portal inmobiliario Idealista ha recogido algunas de las desgravaciones más importantes que pueden incluir los declarantes para ahorrar en impuestos en la declaración anual de la Renta y Patrimonio. 

Beneficios fiscales por la vivienda

Los contribuyentes pueden deducirse una parte de sus impuestos por la compra de la vivienda habitual, aunque para ello deberán cumplir una serie de requisitos. Así, únicamente podrán hacerlo aquellas personas que contratasen el préstamo hipotecario para la adquisición de un inmueble antes del 1 de enero de 2013. 

La deducción puede ser de hasta "el 15% de las cantidades satisfechas para su compra, rehabilitación o construcción sobre un máximo de 9.040 euros anuales, con lo que la rebaja máxima en la cuota del IRPF es de 1.356 euros", explican en Idealista. 

Por otro lado, la deducción por el alquiler de la vivienda habitual solo podrán aplicarlas quienes mantengan vigente un contrato firmado antes del 1 de enero de 2015. La desgravación es del 10,05% de la cantidad abonada durante el ejercicio de 2020, "siempre y cuando la base imponible sea inferior a 24.107,2 euros anuales".

Deducciones por la situación familiar

En el caso de las mujeres que hayan tenido un hijo a lo largo de 2020, o que tengan a su cargo un menor de tres años y trabajen por cuenta propia o ajena, podrán deducirse hasta 1.200 euros anuales por cada hijo. 

"Esta deducción puede aplicarse directamente en la declaración de la Renta o se puede percibir 100 euros mensualmente y cuando se presenta la declaración se incluye como un ingreso y se aplica la deducción por el mismo importe en la casilla", detallan. Por otro lado, las madres dadas de alta en la Seguridad Social y que trabajen por cuenta propia o ajena también pueden beneficiarse de una deducción de 1.000 euros adicionales en gastos de guardería. 

Respecto a la deducción por descendiente o ascendiente con discapacidad a cargo, se trata de una asignación de 1.200 euros por cada familiar, una cuantía que "puede recibirse tanto en un solo pago como fraccionado". 

Por último, otro de los beneficios más comunes que se incluyen en la declaración es la deducción por familia numerosa. "La cuantía de la ayuda es de 1.200 euros para las familias numerosas y se incrementa a 2.400 euros para familias numerosas con más de cinco hijos (categoría especial)", detallan los expertos de Idealista. Un beneficio fiscal que también pueden aplicar las familias monoparentales con dos hijos a cargo.

Planes de pensiones

La inversión en planes de pensiones es otro gasto deducible en la declaración anual, aunque también se incorporan novedades este año tras la entrada en vigor de la reducción del límite máximo de las aportaciones personales para la deducción en el IRPF, que no podrán superar los 2.000 euros. Además, se reducen las aportaciones que puede hacer el cónyuge hasta 1.000 euros anuales y el límite máximo de aportación para la deducción en la renta en planes de pensiones de empresas se incrementa a los 10.000 euros.

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