La sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), establece que el agresor cometió un delito de lesiones, un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar y un delito contra la Administración de Justicia.
Además, le obliga a indemnizar al perjudicado con 145.000 euros por las graves secuelas que padece como consecuencia de la agresión, detalla el alto tribunal valenciano a través de un comunicado.
Los hechos sucedieron el 13 de abril del pasado año, cuando el acusado, que había mantenido diversos conflictos y discusiones por la víctima, la siguió cuando iba a hacer la compra, le recriminó su actitud y le lanzó varias piedras de grandes dimensiones.
Una de ellas le impactó en la cara y le rompió los cristales de las gafas de sol que llevaba, lo que le provocó un grave traumatismo en el ojo derecho con perforación de la córnea.
A causa de esa lesión, el agredido sufre graves secuelas, como la pérdida irreversible de agudeza visual en el ojo derecho, con el que no percibe la luz, y un importante menoscabo de su calidad de vida.
El ahora condenado fue detenido siete días después del suceso y un juzgado le impuso una medida cautelar de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima.
A pesar de esa prohibición, el penado la incumplió en dos ocasiones para amenazar al perjudicado de muerte con la finalidad de que retirase la denuncia, según declara probado el tribunal.
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