Entran en vigor este jueves las últimas medidas anunciadas por Salud para frenar la expansión del coronavirus

Este jueves, 1 de abril, entran en vigor las nuevas medidas del Gobierno de Navarra frente al COVID-19, que estarán vigentes hasta el 9 de abril, con posibilidad de ser prorrogadas a la vista de la evolución de la situación epidemiológica.
Bares reapertura interior Navarra COVID 19
Bares reapertura interior Navarra COVID 19
Eduardo Sanz Nieto
Bares reapertura interior Navarra COVID 19

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSNJ) ha dado este martes luz verde al planteamiento realizado por los responsables de Salud, al considerar las medidas "proporcionadas".

Estas quedan recogidas en una Orden Foral de la consejera de Salud e incluyen el cierre del interior de la hostelería, aunque los locales sí podrán dispensar comida a domicilio o para recoger, hasta las 22.30 horas, y las terrazas permanecerán abiertas al 100%, hasta las 21 horas, en las condiciones establecidas por normativa.

Quedan excluidos de la obligación de cierre de interiores los comedores de hoteles y otros alojamientos que podrán servir comidas sólo a sus huéspedes, con un máximo de 6 personas por mesa. Podrán además abrir los servicios incluidos en centros sanitarios, sociosanitarios, comedores escolares y universitarios, comedores de empresa y servicios de comedor de carácter social.

Además, se podrá autorizar la apertura de forma excepcional del interior de determinados locales que tengan servicio de restauración para trabajadores del transporte de viajeros o de mercancías acreditados.

Por otra parte, se suprime toda actividad en zonas interiores de los establecimientos de la actividad de bingos, salones de juegos y recreativos.

En cuanto al aforo comercial, se reduce al 30% en las medias y grandes superficies, en donde no se podrá permanecer en las zonas comunes, ni hacer uso de las zonas recreativas. El pequeño comercio permanece a un 50% de aforo máximo.

Otra de las novedades se refiere a los espacios multifuncionales para eventos, en los que estarán prohibidas las celebraciones familiares, sociales, de amigos o de ocio, con consumo de comida y/o bebida, en el interior (en el exterior se permite hasta un máximo de 20 personas por cada grupo de celebración).

Y, en cuanto a las actividades de culto, se recomienda su realización hasta las 21 horas respetando, en todo momento, los límites de aforo y las medidas sanitarias.

El Gobierno foral, a través de la Dirección General de Presidencia y Gobierno Abierto, ha actualizado la información sobre las preguntas y respuestas más frecuentes en relación a las medidas adoptadas. Se ha elaborado un documento en castellano y euskera.

EN DATOS

En relación con las medidas de cierre de interiores de hostelería y restauración que se contempla en esta Orden Foral, según el informe del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, hay estudios que ponen en evidencia que, dentro de las intervenciones no farmacológicas, las relacionadas con la disminución de los contactos sociales en el interior de establecimientos tienen la capacidad para disminuir la velocidad de transmisión. Los resultados señalan el impacto del cierre de locales de hostelería en la disminución de la incidencia, ha informado el Gobierno foral en una nota.

Esto, ha añadido, apoya la afirmación de que esta medida es una de las más efectivas dentro del conjunto de las intervenciones no farmacológicas. Igualmente, los estudios de rastreo de contactos muestran la capacidad de los establecimientos de hostelería y restauración para generar eventos de supercontagio, a la vez que enfatizan la importancia de controlar las corrientes de aire y la correcta ventilación del interior de los establecimientos.

La reciente publicación 'Epidemiologic evidence on the role of hospitality venues in the transmission of COVID-19: a rapid review of the literature' hace una revisión de la literatura científica disponible acerca del impacto de las medidas sobre locales de hostelería (bares y restaurantes principalmente), en las dinámicas de transmisión del SARS-CoV2 en términos poblacionales. Los autores concluyen que encuentran una gran consistencia en la literatura científica indicando que el cierre de locales de hostelería y restauración es una de las medidas más efectivas para disminuir la incidencia y mortalidad por COVID-19.

Asimismo, continúa el Gobierno, el documento de actualización de las actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19, recomienda el cierre de la actividad de bingos, salones recreativos y similares, en situaciones de riesgo epidemiológico alto y muy alto, como es el de Navarra en incidencia acumulada. Es por ello, que se suspenden también este tipo de actividades en esta Orden Foral.

Lo mismo ocurre con las actividades similares a hostelería y restauración de los centros con salas multifuncionales donde se realizan celebraciones en las que se come y se bebe relajando las medidas sanitarias de prevención al no usar la mascarilla todo el tiempo, "considerándose también actividad de alto riesgo que debe suspenderse al igual que la actividad de hostelería y restauración".

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