Así lo acuerda el TSJA en una sentencia en la que desestima el recurso del condenado contra la dictada tras el veredicto del jurado por la Audiencia, que le impuso dicha pena por un delito de homicidio con la atenuante de confesión del hecho y la agravante de abuso de superioridad y le condenó a indemnizar a los cuatro hijos del matrimonio en 57.879 euros.
En febrero de 2007 existía entre ellos una situación de grave desafecto y enemistad personales, por cuya razón se encontraban en trámites judiciales de separación, en los que había una sentencia de 31 de enero de 2007, en la que se atribuía el uso de la vivienda a la esposa, que el acusado debía abandonar el 1 de febrero.
En esas circunstancias, pasadas las ocho de la mañana de ese día, se suscitó entre ambos una discusión y en un momento determinado el acusado fue a la cocina, cogió un cuchillo de aproximadamente catorce centímetros de hoja y decidió matar a la mujer.
Se dirigió a ella y estando de pie frente a frente le clavó el cuchillo repetidas veces en el abdomen y en el tórax, produciéndole diversas lesiones que afectaron entre otras zonas al lóbulo pulmonar, al colon y al riñón derecho.
La víctima trató de apartarse y sujetar el cuchillo, sufriendo otras heridas en ambas manos, y después se giró para alejarse del acusado, quien le apuñaló en la pierna derecha y otras dos veces en el costado, alcanzándole el hígado.
Ya de espaldas, recibió otras tres cuchilladas en el diafragma, el lóbulo pulmonar derecho, el lóbulo hepático, el bazo y el riñón izquierdo, por lo que la mujer murió en un periodo de diez a treinta minutos desde la agresión.
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