La Junta aprueba el proyecto de la nueva ley de caza para asegurar un marco estable y actual para la actividad

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha aprobado el Proyecto de Ley de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León, una norma que pretende asegurar un marco legal estable y actual para la caza en la Comunidad una vez que tanto el Tribunal Constitucional como el Tribunal Supremo han avalado la regulación reglamentaria y legal realizada en Castilla y León.

Así lo ha señalado el consejero de Fomento y Medio Ambiente, Juan Carlos Suárez-Quiñones, quien ha concretado que la finalidad es "proteger, conservar y fomentar" los recursos pero también aprovecharlos de forma "ordenada y sostenible", además de compatibilizar la actividad con el resto de usos y el desarrollo rural.

El anteproyecto sustituye a la antigua Ley de Caza, de 1996, y la modificación realizada en 2019, de manera que adapta el marco regulatorio a la realidad "social, económica y ambiental" del territorio, que ha experimentado notables cambios en estos 25 últimos años desde la anterior Ley.

Suárez-Quiñones ha incidido en que la situación actual de las poblaciones de las especies cinegéticas es muy diferente a la que existía cuando se dictó la anterior ley, puesto que, así como las especies ligadas a los territorios forestales, principalmente las de caza mayor, han experimentado en general un notable incremento, las especies de caza menor asociadas a los hábitat agrícolas han visto cómo sus poblaciones presentan tendencias decrecientes.

Además, un sector de la población manifiesta un creciente interés en la conservación de la naturaleza y reclama mayores garantías de que ésta no se ponga en riesgo con la práctica de la caza, ha señalado el consejero, quien también ha apuntado que estos cambios producen otros efectos no deseables como daños a la agricultura o la ganadería, pero también accidentes de tráfico provocados por especies cinegéticas, que se han duplicado en los últimos cinco años y superan los 8.000 accidentes al año, lo que equivale a más de 20 accidentes al día, con elevados daños materiales y en ocasiones importantes daños personales.

Asimismo, ha explicado que se ha producido una mayor dificultad en el control de determinadas epizootias y zoonosis, que suponen un riesgo para la salud de los animales y también, en algunos casos, para la de las personas.

De la misma forma, Suárez-Quiñones ha recordado la controversia judicial de la que ha sido objeto la normativa cinegética durante los últimos años, aunque fue respaldada por el Tribunal Supremo y el Constitucional en sus últimos fallos.

RESPUESTA A NUEVOS RETOS

Aún así, con el objetivo de clarificar y dar al marco regulatorio un carácter completo, estable y moderno a la actividad cinegética, y adaptarla a la realidad ambiental y social actual, la Junta ha elaborado este texto como respuesta a los nuevos retos sociales y ambientales, al tiempo que se da a la regulación una garantía legal y reduciendo la actividad administrativa.

El consejero ha citado entre los aspectos más destacables la incorporación de importantes novedades en relación con la planificación cinegética para garantizar al máximo que la caza se practique en Castilla y León de forma ordenada, controlada y sostenible.

Así, se prevé la elaboración de una Estrategia de la Caza de Castilla y León, de planes territoriales de recursos cinegéticos y de planes de gestión de especies cinegéticas para aquellos territorios y especies que requieran de una consideración especial. Igualmente, los planes cinegéticos de los cotos de caza deberán ser elaborados por técnicos especializados, y basarse en censos rigurosos realizados con una metodología avalada técnicamente.

Se regulan las especies cinegéticas, que son las únicas que pueden ser objeto de caza, y se habilitan mecanismos de rango reglamentario para declarar otras especies como cinegéticas, que se limita en el fondo y en la forma, mediante un decreto con un proceso muy garantista, o para excluir, bien temporalmente o con carácter definitivo, a determinadas especies.

De esta forma se limitar a la Administración para considerar cinegética una nueva especie, pero la habilita para excluirla de forma rápida, además de regularse la posibilidad de que una especie cinegética sea declarada "de atención preferente", por lo que será objeto de planes de gestión específicos.

También destaca la importancia del seguimiento poblacional de las especies cinegéticas y se prevé implantar un nuevo Sistema de Seguimiento de las Poblaciones Cinegéticas de Castilla y León y un novedoso y riguroso sistema de control de las capturas realizadas por los cazadores.

MÁS INFORMACIÓN

Otra novedad es la creación de las figuras de los cotos colaboradores, que deberán contar con asesoramiento técnico permanente que asegure la obtención de información de calidad, y del cazador colaborador, que aportarán importante información sobre la gestión cinegética, las capturas, el seguimiento poblacional y otros aspectos que contribuirán a mejorar el conocimiento y la gestión de la caza en Castilla y León.

En cuanto a los terrenos cinegéticos, la ley unifica en 250 hectáreas la superficie mínima necesaria para su constitución, y sobre todo introduce cambios relevantes en cuanto al régimen de intervención administrativa, estableciendo con carácter general el procedimiento de declaración responsable para su constitución; además se simplifican los trámites y se hace obligatoria la tramitación telemática.

Por otro lado, se eliminan dos figuras existentes en la ley anterior, las zonas de caza controlada y los cotos regionales, por su escasa aceptación, haber quedado obsoletas y ser superadas por el actual marco de nuestras figuras de protección.

En lo referente a las reservas regionales de caza, se contempla la posibilidad de segregación de sus terrenos a petición de los propietarios y se mejora el funcionamiento y el control del fondo de gestión de las reservas mediante la creación de una comisión del fondo de gestión para cada reserva.

Asimismo, se elimina la figura del Refugio de Fauna y se establecen los períodos hábiles máximos en los que se podrá practicar la caza, que podrán restringirse pero no ampliarse.

Además, se establece una pormenorizada serie de limitaciones y prohibiciones con el fin de proteger la conservación de las especies, su pureza genética y los hábitat en los que habitan.

Por otro lado, se establecen nuevos instrumentos para permitir un adecuado control poblacional y destaca especialmente el establecimiento de la figura de Emergencia Cinegética para acometer situaciones de urgente actuación en caso de importantes daños por una sobrepoblación intensa de determinadas especies.

También se establece la obligación de hacer pública con suficiente antelación la celebración de monterías y ganchos a través de una plataforma pública, algo muy demandado por colectivos como los aficionados al senderismo y el ciclismo de montaña y con el fin de incrementar los márgenes de compatibilidad de actividades y de seguridad en el uso público de nuestros montes y espacios naturales.

El proyecto ha recibido alegaciones de 162 personas o entidades diferentes con un total de 1.806 alegaciones, de las que se han aceptado plenamente el 14,5 por ciento y otro 13,5 parcialmente, mientras y el resto no ha podido aceptarse, fundamentalmente por no tener relación con el objeto de la Ley.

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