¿Qué puedo hacer si no puedo pagar el alquiler? Siete claves de las ayudas prorrogadas hoy por el Gobierno

  • El Gobierno aprueba este martes una nueva prórroga de las ayudas para inquilinos afectados por la Covid-19.
  • Si el propietario es un gran tenedor, podrá reestructurarse la deuda o condonarse una parte de la misma.
  • Por el contrario, si el casero es un pequeño propietario, el inquilino tendrá que recurrir a los créditos al 0% que ofrece el ICO.
Todo sobre las ayudas al alquiler
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Henar de Pedro
Todo sobre las ayudas al alquiler

El Consejo de Ministros aprobó este martes la extensión hasta el 31 de mayo de las ayudas para que las personas con dificultades derivadas de la crisis del coronavirus puedan hacer frente al pago de su alquiler. En líneas generales, tanto los requisitos como el mecanismo de estas ayudas son los mismos que estaban vigentes hasta ahora, y complementan a la prohibición de desahuciar a familias vulnerables vigente hasta el fin del estado de alarma. Estas son sus claves fundamentales:

Vivo de alquiler y tengo problemas para pagarlo. ¿Tengo derecho a ayudas?

Las ayudas prorrogadas este martes por el Gobierno están destinadas a personas golpeadas por la Covid-19, así que, para considerar que una familia se encuentra dentro de este grupo, deberá demostrar que sus ingresos se han visto reducidos por la crisis del coronavirus. Los ingresos de la unidad familiar no deben haber sobrepasado los 2.689 euros el mes anterior a la solicitud, y la cuota del alquiler, junto al pago de los suministros, deberá llevarse al menos el 35% de los mismos. Y, además, la familia no tendrá derecho a ayudas si es "propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España" donde pueda residir.

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Henar de Pedro

¿Cómo demuestro que me ha afectado la crisis?

Debe demostrarse documentalmente, aunque los supuestos que recoge el decreto son amplios. Se entenderá como una circunstancia que ha provocado una reducción de ingresos el haberse quedado en paro, así como estar afectado por un ERTE, pero también que el ciudadano en cuestión haya reducido su jornada para cuidar a menores o dependientes. En general, se acepta cualquier "circunstancia sobrevenida vinculada a la actividad laboral o empresarial que se pueda acreditar documentalmente".

Pero yo ya tenía problemas económicos desde antes de la pandemia. ¿Me pueden echar?

No, al menos hasta el 9 de mayo, que es cuando finaliza el actual estado de alarma, ya que el decreto antidesahucios aprobado hace unas semanas por el Gobierno cubre tanto a las familias afectadas por la crisis del coronavirus como a las que ya eran vulnerables previamente. No obstante, si los problemas económicos no vienen derivados de la crisis de la Covid-19, el ciudadano no tendrá derecho a las ayudas para el alquiler prorrogadas este martes.

Mis dificultades sí las ha provocado la Covid. ¿Puedo dejar de pagar el alquiler?

No, en ningún caso. Pero, si el propietario de la vivienda es un gran tenedor -es decir, un particular o una empresa que arrienden más de diez pisos-, el inquilino puede solicitarle un aplazamiento de la cuota. Según el decreto aprobado por el Gobierno, en un máximo de una semana el casero debe elegir si condona al arrendatario el 50% de la cuota durante un máximo de cuatro meses o si le permite retrasar el pago. ¿Cómo? Permitiéndole no pagar ahora y prorrateando los meses no abonados durante los siguientes tres años (o más).

Pero mi casero no es una empresa ni un gran tenedor, sino un pequeño propietario.

En este caso, el mecanismo de ayuda estatal es diferente, ya que, para estos supuestos, no hay posibilidad de una quita parcial de la cuota ni tampoco de aplazar el pago salvo que casero e inquilino lo acuerden por su cuenta. Pero el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ofrece a las familias que cumplan los requisitos préstamos al 0% de interés para que puedan pagar el alquiler. Estos créditos se devolverán en un plazo de seis años, ampliables a diez si el inquilino no puede hacer frente a la cuota. Y, si pasado ese tiempo la deuda aún no se ha saldado, el Estado la condonará.

Se me acaba el contrato de alquiler, y las cosas están difíciles para buscar otro piso.

La prórroga aprobada este martes también recoge ese supuesto: los inquilinos cuyo contrato de alquiler venza en los próximos cuatro meses podrán pedir a su casero hasta el 9 de mayo que se lo prorrogue durante un periodo máximo de seis meses más en las mismas condiciones. El arrendador estará obligado a hacerlo, salvo que acuerde con el inquilino unos términos diferentes.

Y si tengo una hipoteca y tengo dificultades para pagarla, ¿qué hago?

Fuentes del Gobierno confirman que aprobarán "próximamente" la puesta en marcha de un nuevo plazo para solicitar el aplazamiento del pago de la hipoteca, como la que estuvo en vigor hasta septiembre. Esta moratoria también servirá a las familias que se hayan visto con dificultades sobrevenidas por la Covid-19, aunque aún no se conoce cuándo se aprobará.

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