112.716 euros de multa a un psiquiatra por la muerte de un paciente al que medicó

  • El paciente, de 65 años, acudió a su consulta porque estaba deprimido.
  • A los 19 días se deterioró su salud y el condenado le duplicó la dosis.
  • Como consecuencia del tratamiento fue ingresado y falleció.
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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva ha confirmado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 6 que condenaba al médico psiquiatra M.M.G. a pagar una indemnización de 112.716 euros a los familiares de J.D.T., paciente suyo que falleció el 9 de diciembre de 2006.

Los hechos por los que ha sido condenado tuvieron lugar el 8 de noviembre de 2006, cuando el paciente, de 65 años, acudió a la consulta privada de este médico en Huelva por tener el ánimo decaído, siendo diagnosticado de un síndrome ansioso depresivo. Debido a este cuadro, M.M.G le medicó tres psicofármacos con cuya ingesta comenzó a sentirse mal, presentando un deterioro progresivo del que tuvo conocimiento el médico vía telefónica sin que hiciera nada al considerar que "su estado era normal".

A los 19 días de comenzar el tratamiento, el paciente acudió a su consulta, y aunque el deterioro en su salud era manifiesto, sin realizarle prueba alguna, el psiquiatra le duplicó la dosis y no lo volvió a ver.

Como consecuencia de este tratamiento, el paciente tuvo que ser ingresado el 3 de diciembre de ese mismo año en el Hospital Infanta Elena de Huelva, donde se le retiró la medicación al sospechar de una reacción adversa, aunque el paciente falleció el 9 de diciembre a consecuencia de un síndrome serotoninérgico producido por los fármacos.

Según ha informado el Defensor del Paciente en un comunicado, tanto la sentencia de primera instancia como la dictada por la Audiencia Provincial de Huelva califican de "negligente" el seguimiento que el médico hizo del paciente. La sentencia considera probadas "las llamadas incesantes a la consulta del facultativo por los familiares del paciente para informarle de su estado, ante la indiferencia del psiquiatra".

Igualmente la Audiencia onubense considera "vulnerado" el derecho a la información del paciente, ley 41/2002, al no haberse informado al mismo de los riesgos de los fármacos recetados.

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