Maeztu pide protocolo y reglamento en un centro para personas sin hogar para "evitar la discrecionalidad"

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, dirigida por Jesús Maeztu, insta en una de sus últimas resoluciones al Ayuntamiento de Sevilla, dirigido por el socialista Juan Espadas, a incorporar un "protocolo interno" y un reglamento de régimen interior en el Centro Nocturno de Baja Exigencia para personas sin hogar, para "evitar la discrecionalidad" en las actuaciones y el funcionamiento de dichas instalaciones tras las diferentes "quejas" recibidas en 2015.
Comparecencia del Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu
Comparecencia del Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu
MJ LOPEZ
Comparecencia del Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu

En una resolución emitida el pasado 14 de diciembre y recogida por Europa Press, el departamento de Maeztu da cuenta de que en el verano de 2015 recibió "quejas tanto individuales como colectivas de asociaciones y entidades ciudadanas de ayuda y apoyo a las personas sin hogar de la ciudad de Sevilla, sobre el trato otorgado a personas de este colectivo y deficiente prestación del servicio" en el Centro Nocturno de Baja Exigencia, gestionado entonces por la sociedad Grupo 5 por encargo del Ayuntamiento hispalense.

Entre tales quejas figuraba "la falta de plazas para atender a todas las personas sin hogar que diariamente acuden; la no concesión de plazas a personas enfermas; la falta de supervisión de los menús por un nutricionista; la entrega de sábanas en lugar de toallas"; limpieza de las instalaciones a manos de los propios usuarios; trato "prepotente" y la asignación de las plazas "sin ningún criterio de selección".

Fruto de ello, la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz acordó abrir una queja de ofició y cursó una visita a las instalaciones en octubre de ese año, una visita tras la cual la institución decidió solicitar al Ayuntamiento de Sevilla, como responsable del centro, una serie de informaciones, obteniendo un primer informe en diciembre de 2015, al que siguió una "reiteración" en la demanda de determinados aspectos no contestados en dicho informe inicial.

"CORRECCIÓN DE LAS DEFICIENCIAS"

Dado que el asunto se remonta a 2015, la institución de Maeztu expone que "en la larga tramitación del expediente" ha "ido teniendo conocimiento de la corrección de las deficiencias, disfunciones y necesidades de mejora" del citado centro, quedando no obstante pendiente "un aspecto".

Y es que según se desprende de los informes emitidos por el Ayuntamiento en el marco de este expediente desde mayo de 2016 a junio de 2019, "no se había avanzado nada en la elaboración de un reglamento específico de régimen interno" de las instalaciones, "aplicando por extensión el reglamento del Centro de Acogida Municipal, en cuanto a los derechos y deberes de las personas usuarias y al régimen de infracciones y sanciones".

Al punto, la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz señala que con motivo de la visita inicial al centro en octubre de 2015, los representantes de la entidad fueron informados de que "se valoraba la conducta y a las personas usuarias solo en orden a la apreciación del personal técnico", si bien "en las normas del centro que se daba a los/as usuarios/as se hacía constar expresamente que se contemplaba un reglamento a disposición de quienes lo solicitasen".

AÚN "SIN RESPUESTA"

Al cierre del expediente en diciembre de 2020, según la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, "esta cuestión nunca ha obtenido respuesta" por parte del Ayuntamiento, pues "respecto de la misma se limitó a contestar que aún estaba pendiente de la elaboración de un reglamento específico de régimen interno" del centro.

Es por ello que la institución insta al Ayuntamiento a que "con independencia de que las condiciones fundamentales de funcionamiento del centro estén recogidas en el pliego de prescripciones por el que se regula la adjudicación de este servicio, elabore un protocolo interno para que la flexibilidad de las mismas se aplique con criterios técnicos en cada intervención y para evitar la discrecionalidad".

En paralelo, pide a la Administración local que "si aún no se hubiera hecho, se elabore a la mayor brevedad posible el reglamento de régimen interior del centro, propiciando a ser posible la participación de las personas usuarias", al objeto de que dicho documento "contemple el adecuado procedimiento sancionador ajustado a derecho".

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