En una sentencia emitida el pasado 21 de octubre de 2020 y recogida por Europa Press, la Audiencia de Sevilla aborda un recurso de apelación formulado por una vecina de Los Palacios y Villafranca, frente a una sentencia previa del Juzgado número uno de Utrera, que merced a una demanda de Caixabank acordó el desahucio por precario que solicitaba la entidad respecto a una vivienda de su propiedad que habitaba esta persona sin título sobre la misma.
No obstante, la Audiencia de Sevilla desestima el recurso de apelación de la mujer, exponiendo que "las alegaciones de las concesiones de prestamos a su marido por la entidad financiera propietaria de la vivienda ni se ha acreditado su existencia y finalidad ni acreditan la existencia de titulo alguno, arrendamiento u otro, que legitime la ocupación de la vivienda, sin que se entienda como abuso de derecho la pretensión de desahucio al no tener los prestamos la ocupación dependencia entre si".
Y aunque la afectada alegase una "insuficiencia de recursos económicos que la sitúan al borde de la exclusión social, solicitando la aplicación de la Ley 24/2015 de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética", la Audiencia resuelve que "no concurren los presupuestos exigidos para la aplicación analógica por faltar la igualdad o similitud jurídica esencial entre el caso que se pretende resolver, referido a la ocupación de un inmueble sin título", y lo regulado por dicha normativa respecto al "ofrecimiento de un alquiler social a los propietarios o arrendatarios".
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