Penas de hasta 28 años para los miembros de una red de trata de mujeres nigerianas sometidas al rito vudú

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado con penas de entre 14 y 28 años de prisión a siete personas que formaban parte de una red de trata de seres humanos con fines de explotación sexual que captaba a mujeres jóvenes en Nigeria.
Juicio contra siete acusados de red de trata
Juicio contra siete acusados de red de trata
EUROPA PRESS - Archivo
Juicio contra siete acusados de red de trata

Los miembros de esta red -cinco mujeres y dos hombres, todos de nacionalidad nigeriana- trasladaban a las víctimas desde su país hasta Libia y allí las embarcaban en pateras hasta Nápoles, donde uno de los acusados les proveía de documentación falsa y billetes para que llegaran a España.

Algunas de ellas terminaban en el domicilio de un matrimonio nigeriano residente en Torrelavega, que actuaba en colaboración con otras mujeres, una residente en Gijón y otra en Sodupe (Vizcaya), controlando a jóvenes que ejercían la prostitución en diferentes clubes de alterne del país y que estaban obligadas a entregarles el dinero que ganaban con el fin de abonar la deuda de 30.000 euros que habían adquirido al aceptar el viaje.

En una sentencia conocida este martes, la Audiencia de Cantabria condena a 28 años de prisión al hombre que acogía en su domicilio de Nápoles a las mujeres que llegaban desde Libia en patera y les entregaba documentación falsa y billetes para que pudieran llegar a España, al que imputa tres delitos de trata con fines de explotación sexual y uno de ayuda a la inmigración ilegal.

Asimismo, condena al matrimonio residente en Torrelavega a 24 años de prisión y a una indemnización de 25.000 euros a cada una de las dos mujeres que comparecieron como testigos protegidas en el juicio contra esta red, que se celebró a principios del mes de octubre.

A ambos les considera autores de dos delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual en concurso con otro de prostitución coactiva, así como de otro delito de ayuda a la inmigración ilegal.

Junto a ellos, el tribunal condena a 14 años de cárcel a la mujer que operaba en Gijón por un delito de trata de seres humanos en concurso con prostitución coactiva, y por un delito de ayuda a la inmigración ilegal.

También impone tres años y ocho meses y multa de 3.240 euros a la que operaba desde Vizcaya, como autora de un delito de prostitución coactiva; y a la misma pena por el mismo delito a otra mujer que también participó de los hechos.

Finalmente, la sentencia recoge la condena a un año y medio de prisión y multa de 900 euros a una mujer que ejercía como prostituta en un club de Valladolid y que se encargaba de controlar que una de las víctimas que se encontraba en el mismo local trabajase y enviase dinero a los anteriores, como cómplice de un delito de prostitución coactiva.

JURABAN OBEDIENCIA MEDIANTE VUDÚ

La Audiencia señala en la sentencia que los ahora condenados se dedicaban, "de común acuerdo y distribuyéndose las diferentes funciones y cometidos", a captar mujeres jóvenes en su país de origen, haciéndolas viajar a Libia y posteriormente a Italia mediante diversos medios de transporte, entre ellos pateras, con el fin de llegar a España con documentación falsa que les facilitaban para que "pudieran acceder a nuestro país y permanecer en él de forma irregular".

Señala además que las traían "para obligarlas a dedicarse a la prostitución aprovechándose de la inmadurez y precariedad económica de estas mujeres, a las que además realizaban falsas promesas de condiciones de trabajo y situación, ocultándoles en la mayoría de los casos que tenían que dedicarse a la prostitución".

Después, las mantenían "obligadas al ejercicio de dicha actividad de prostitución para satisfacer una suma en concepto de deuda de 30.000 euros, percibiendo la organización el dinero obtenido por ellas en dicha actividad y distribuyéndolo entre sus distintos miembros".

También las sometían a ritos de vudú, "de fuerte arraigo en su país", conforme al cual juraban obediencia a los miembros de la organización y se comprometían a no acudir a la policía y a pagar su deuda "so pena de sufrir tanto ellas como sus familias terribles desgracias, incluida la muerte".

Ello "generaba en las jóvenes un estado de intenso temor y les hacía sentirse vinculadas a los procesados para no sufrir las consecuencias de los rituales que con ellas habían llevado a cabo", según la Audiencia.

La sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, también explica que los procesados mantenían entre sí contactos telefónicos habituales, intercambiando información y datos de las mujeres a las que controlaban, el trabajo que realizaban y las ganancias que obtenían.

Además, se informaban sobre si las víctimas las condiciones de trabajo y comparaban los métodos empleados para obtener el pago de sus deudas, además de que hablaban sobre clubes y locales de prostitución.

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