El acuerdo, que se extiende también a las localidades del Casar de Cáceres y Torreorgaz, suponen una ampliación de las restricciones ya establecidas para el conjunto de la comunidad autónoma.
Así, en estas tres localidades cacereñas, el aforo no podrá superar el 30 por ciento en el interior de los establecimientos de hostelería y restauración; así como en los locales comerciales minoristas.
Además, los días 27, 28, 29 y 30 de diciembre de 2020 se procederá al cierre de los establecimientos de hostelería y restauración y de las salas de bingo, casinos de juego, locales específicos de apuestas y salones de juego o de máquinas de tipo "B" entre las 18.00 horas y las 20.00 horas.
Esta medida se repite, en aplicación de las restricciones aprobadas para el conjunto de la comunidad, los días 31 de diciembre, y el 1, 2, 5 y 6 de enero, respectivamente.
Además, en estas tres localidades se prohíbe la celebración de todas las competiciones o torneos deportivos que no pertenezcan a una competición oficial de liga regular.
CIERRE PERIMETRAL
Asimismo, este domingo es el primero de los 14 días en los que se ha procedido al cierre perimetral de las localidades de Fuente del Maestre y Calamonte, con una incidencia acumulada a los 14 días que se eleva a 2.046 casos por cada 100.000 habitantes en Fuente del Maestre y a 1.347 en Calamonte, frente a una media regional de 374 casos, según los últimos datos facilitados por la sanidad extremeña.
De esta forma, y durante las dos próximas semanas, se restringe la entrada y salida de ambos términos municipales, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
También se permita para asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil, en los términos que establezcan las autoridades competentes; retorno al lugar de residencia habitual o familiar; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes, actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
También para renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables; realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables, por causa de fuerza mayor o situación de necesidad; o cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
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