Será juzgado a partir de este martes, 15 de diciembre, desde las 9.30 horas en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria.
Según el escrito del ministerio público, el procesado no informó a la empresa de la que era apoderado que tenía un acuerdo con la vendedora según el cual de los 3 millones de euros que constaban en el contrato él iba a recibir una comisión de 400.000 euros. Al contrario, la compradora estaba en el convencimiento de que tal cantidad "suponía el precio real de lo adquirido".
Señala el fiscal que en su declaración de IRPF el acusado "de manera consciente y voluntaria no hizo constar el incremento patrimonial, por lo que dejó de ingresar una cuota de 180.000 euros".
Por todo ello, le considera autor de un delito de fraude a la hacienda pública y un delito de estafa en concurso con otro societario, delitos que, según su escrito, merecen una condena de cinco años de prisión y multa de 804.050 euros.
A su vez, considera que el acusado debe indemnizar a la Agencia Tributaria en 180.000 euros y a la empresa compradora de la que era apoderado en 400.000 euros, la cantidad que el encartado presuntamente cobró en concepto de comisión.
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