Verónica Pérez dice que el archivo del caso de Huévar prueba "el circo de la derecha" y exige rectificar al PP

Ante el sobreseimiento provisional de la investigación judicial incoada por un presunto delito electoral atribuido por el PP de Sevilla a la Agrupación socialista de Huévar del Aljarafe por una presunta "compra de votos" en las elecciones municipales de 2015, la secretaria general del PSOE sevillano, Verónica Pérez, ha manifestado que ha quedado probado el "circo" promovido por "la derecha", reclamando al PP que pida "perdón" públicamente.
La secretaria general del PSOE de Sevilla, Verónica Pérez, en rueda de prensa
La secretaria general del PSOE de Sevilla, Verónica Pérez, en rueda de prensa
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La secretaria general del PSOE de Sevilla, Verónica Pérez, en rueda de prensa

Ante esta decisión judicial y otra correspondiente a una denuncia similar promovida contra el alcalde socialista de Albaida del Aljarafe, José Antonio Gelo, Verónica Pérez ha manifestado que ha quedado demostrado el "circo de la derecha" contra el PSOE, un partido cuyos miembros afrontan las elecciones "limpiamente, desde la pluralidad y el respecto a la democracia", según ha defendido.

Así, ha celebrado que quede "demostrado" que las acusaciones contra los socialistas eran "falsas", reclamando al PP que "pida perdón" a los dirigentes del PSOE objeto de sus acusaciones y a la ciudadanía.

EL ARCHIVO DEL CASO DE HUÉVAR

En un auto fechado el pasado 14 de octubre y recogido por Europa Press, el juez aborda estas diligencias incoadas merced a una denuncia del PP de Sevilla ante la Fiscalía, que de su lado dio traslado del asunto a los juzgados, con relación a documentación localizada por el PP en el Ayuntamiento de Huévar del Aljarafe tras hacerse con la Alcaldía del mismo en las elecciones municipales de 2019, que reflejaría según los populares que los anteriores gobernantes del PSOE habrían ofrecido contrataciones municipales a cambio de votos antes de los comicios locales de 2015 y habrían cargado a las arcas públicas un mitin celebrado en 2002.

Al respecto, y tras apreciar la Fiscalía posibles delitos electoral y de malversación de caudales públicos, el juez recuerda que la persona investigada por estos hechos es el que fuera primer teniente de alcalde socialista de Huévar hasta las pasadas elecciones municipales de 2019, Francisco Martín González Bejarano.

En primer lugar, el juez señala el documento titulado "reunión alcalde. Lunes 26 de octubre", que reflejaría que "el investigado planeó obtener votos ofreciendo trabajos de media jornada a los votantes del pueblo y, en definitiva, 'apoyar' a los ciudadanos del pueblo que lo apoyan".

LA POSIBLE PRESCRIPCIÓN

Pero según el juez, dicho escrito puede corresponder al año 2009 o al año 2015 por la fecha del calendario señalada en el mismo, exponiendo en su comparecencia el investigado que la redacción del texto se remontaría a 2009 porque en ese año regía un alcalde, el socialista Rafael Moreno, y en 2015 gobernaba una alcaldesa, la también socialista Áurea María Borrego.

El juez, en ese sentido, avisa de que si el documento se remontase en efecto a 2009 los hechos estarían ya prescritos por el plazo de cinco años de prescripción que pesa en el caso de los delitos electorales, pero "como pueden existir dudas sobre el año de confección" del documento, profundiza en el asunto, señalando que el investigado ha declarado que "es cierto que se habló de realizar dichas captaciones de votos y que formaban parte de un plan preconcebido, si bien el mismo no se materializó en ningún momento, por lo que se quedó en el ámbito de la idea o del plan sin llegar a producirse".

"Con el reconocimiento realizado por el investigado, lo que se advera es que existía un plan preconcebido, sin que haya quedado acreditada la materialización del mismo y, por tanto, la comisión del delito", indica el juez, agregando que la instrucción de los hechos ha resultado después "huérfana de prueba, incluso a nivel indiciario", de que "el plan diseñado por el investigado dejase de ser una idea preconcebida para materializarse en una conducta delictiva".

ACTOS NO "CRISTALIZADOS"

"Nos encontramos, por tanto, con una serie de actos preparatorios para la comisión del delito en el que no constan acreditado que hayan existido actos que cristalizasen en la comisión del delito electoral", abunda el juez, concluyendo que "vista la teoría doctrinal de los actos preparatorios, resulta adverado que para el delito electoral no son punibles los actos preparatorios, por lo que nos encontraríamos ante una hecho de naturaleza atípica".

Lo mismo determina el juez respecto a otro documento que reflejaría "un sondeo de la intención de votos de los vecinos del pueblo y en el que se hace constar los votos que, al parecer, pudiera obtener el partido al que representa el investigado en las elecciones".

En cuanto al asunto del mitin de 2002, el juez expone que los hechos habrían prescrito ya y, además, avisa de que "el hecho de que dichos documentos estuvieran en el despacho que ocupaba el investigado con carácter previo al cambio de tendencia política en el Ayuntamiento no significa que se le pueda atribuir al mismo dichas infracciones penales, toda vez que no consta ni su firma ni ningún tipo de orden manuscrita por el mismo autorizando el pago de dichos materiales con cargo al Ayuntamiento", pesando entre los documentos una factura con cargo al Ayuntamiento por carteles del PSOE e invitaciones al citado acto del partido.

A LA AUDIENCIA

Así las cosas, en este auto de fecha 14 de octubre, el juez instructor ordenaba el archivo provisional de las actuaciones, ante lo cual el PP, como acusación popular, interpuso un recurso de reforma ante el propio juzgado, que no obstante, y mediante un auto de fecha 6 de noviembre, también recogido por Europa Press, deniega reformar su auto previo bajo la premisa de que en el recurso del PP "no se añade ningún tipo de argumento más de los que se tuvieron en cuenta para dictar la resolución recurrida".

"Tras todas las diligencias instructoras, no ha sido posible acreditar, ni tan siquiera indiciariamente, que los hechos denunciados gocen de los más mínimos vestigios de realidad que se requiere para mantener una causa penal abierta", indica el juez, toda vez que el PP ha formulado u recurso de apelación ante la Audiencia, en contra del sobreseimiento de las actuaciones.

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