Restricciones en Navidad: ¿puedo salir de mi comunidad autónoma?

Un joven con maletas en la céntrica calle de Fuencarral, en Madrid.
Un joven con maletas en la céntrica calle de Fuencarral, en Madrid.
EUROPA PRESS
Un joven con maletas en la céntrica calle de Fuencarral, en Madrid.

El Consejo Interterritorial de Salud ha llegado a un acuerdo este miércoles, aprobado por la mayoría de autonomías a excepción de Madrid y Cataluña, para establecer una serie de medidas y restricciones de cara a las próximas navidades con el objetivo de evitar un incremento de los contagios de coronavirus ante el aumento de los desplazamientos en estas fechas. 

En este sentido, una de las principales medidas acordadas es el cierre perimetral de las comunidades y ciudades autónomas entre el 23 de diciembre y el 6 de enero. Además, las reuniones sociales para celebrar las comidas y cenas de los días 24, 25 y 31 de diciembre, así como el 1 de enero, no podrán superar el límite de 10 personas, salvo que sean convivientes, y deberán terminar como muy tarde a las 01.30 horas.

¿En qué casos se puede salir de la comunidad?

Se limitarán las entradas y salidas en las regiones durante este periodo de tiempo, salvo para aquellos desplazamientos debidamente justificados previstos en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, y para acudir a los lugares de residencia habitual de familiares o allegados. 

Por tanto, sí se podrá salir de la comunidad autónoma, pero únicamente para acudir a un domicilio familiar. No se podrá viajar para hacer turismo o para reunirse, por ejemplo, en una casa alquilada. Aunque la restricción de movilidad planteada es del 23 de diciembre al 6 de enero, las autonomías podrán restringir estas excepciones a días concretos, como Nochebuena o Nochevieja. 

Por su parte, estas limitaciones no serán aplicables en Canarias y Baleares "debido a las características propias de la insularidad", destaca el comunicado emitido por Sanidad

¿Se tendrá que justificar el desplazamiento a otro territorio? Según ha señalado el ministro de Sanidad, "no se ha definido un justificante en concreto" para acreditar los desplazamientos a domicilios familiares y ha apelado a la "responsabilidad ciudadana largamente acreditada".

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