Si tienes problemas en tu comunidad de propietarios -derramas, goteras, plazas de garaje, limpieza, seguridad, ruidos, olores...- puedes resolverlas en nuestro consultorio. Envía tus preguntas al correo consultoriovivienda@20minutos.es
Aquí tienes las respuestas dadas hoy por nuestra experta Patricia Briones, letrada del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid.
Vecina ocupa
PREGUNTA Tenemos ocupas en una de las viviendas de un bloque de pisos de cinco viviendas. Los vecinos queremos hacer todo lo posible legalmente para echarlos, pero tenemos una seria de dudas que necesitaríamos responder:
- ¿Podemos prohibir el paso a toda persona que no sea propietaria? En ese caso, ¿en que ley nos estaríamos basando y como deberíamos hacer el cartel/notificación?
- ¿Podemos cerrar con llave la puerta del portal por la noche y cómo deberíamos proceder legalmente dado el caso?
- En caso de ser ilegal y cerrar dicha puerta del portal por la noche, ¿qué repercusiones legales tendría para nosotros como propietarios? ¿Nos puede denunciar la ocupa? ¿Dónde va a parar la denuncia?
- ¿Qué recomendaciones nos dan legalmente para llevar a cabo y presionar a esta persona para que se vaya?
RESPUESTA DE LA EXPERTA Por normativa, no puede cerrarse la puerta con llave al tener la consideración de salida o camino de evacuación.
Las acciones contra los ocupas las debe ejercitar el propietario de la vivienda y si no lo hace será la comunidad la que deberá acudir a la vía judicial en defensa de sus intereses legítimos.
Segmentar el patio con vallas
PREGUNTA En mi comunidad tenemos un patio comunitario al que solo pueden acceder los vecinos del primero. ¿Se puede hacer una separación de la parte que le corresponde a cada vecino y colocar una valla?
RESPUESTA DE LA EXPERTA Al suponer una obra que altera la configuración originaria, debe acordarlo la junta.
Arrastre de muebles
PREGUNTA Somos un matrimonio con una niña siete años. La situación que vivimos con la vecina de arriba está siendo insostenible, es desesperante no saber qué hacer.
Todos los días tenemos basura, agua en el patio, además de soportar ruidos, gritos, arrastre de muebles... Da igual que sea lunes o domingo,todos los días. Los dueños del piso nos dicen que no pueden hacer nada.
RESPUESTA DE LA EXPERTA Se trata de un claro caso de actividades molestas. Si las molestias se causan al resto de los propietarios, la comunidad puede comenzar los pasos para el ejercicio de la acción de cesación regulada en el art. 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Dicha acción se dirigirá tanto al propietario de la vivienda como al inquilino.
Síndrome de Diógenes
PREGUNTA Mi vecino de abajo tiene el sindrome de diogenes y los servicios sociales no hacen nada, ¿qué puedo hacer?
RESPUESTA DE LA EXPERTA Al tratarse de actividades insalubres, la comunidad puede acudir a la vía judicial ejercitando la acción de cesación prevista en el art. 7.2 de la LPH.
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