La Junta convoca Conciliamos Navidad 2020 para niños de 3 a 12 años y abre plazo de solicitudes del 1 al 10 de diciembre

La Junta de Castilla y León ha convocado el programa Conciliamos Navidad 2020, que se desarrollará entre el 23 de diciembre y el 8 de enero y está dirigido a niños de tres a doce años, con un plazo de solicitudes que se abrirá el próximo martes, día 1, y se prolongará hasta el 10 del mismo mes.
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carlos arranz
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El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) ha publicado este viernes la convocatoria del programa, adaptado a las medidas establecidas por la autoridad sanitaria para hacer frente a la COVID-19 en la Comunidad, lo que limita una serie de actividades y servicios en función del nivel de alerta declarado en cada momento, aunque aún se mantienen tanto la actividad escolar como una gran parte de actividad laboral desarrollada de forma presencial.

El programa que va dirigido a niños de entre tres y doce años y se desarrollará los días laborables comprendidos entre el 23 de diciembre de 2020 y el 8 de enero de 2021, en horario de franja horaria mínima y obligatoria de asistencia para los menores que vayan por la mañana, la comprendida entre las 10.00 y las 13.00 horas.

Dicho programa se desarrolla en colaboración con entidades locales, se financia a través de los presupuestos generales de la Comunidad y las cuotas abonadas por los usuarios calculadas en función de sus circunstancias familiares y económicas, han informado a Europa Press fuentes del Ejecutivo autonómico.

Conciliamos Navidad 2020 tiene por objeto prestar un servicio de atención lúdica a los alumnos escolarizados durante el período vacacional, con la finalidad de favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Castilla y León.

Además, y debido a la situación originada por la COVID-19, la Gerencia de Servicios Sociales podrá limitar el número máximo de menores por centro de acuerdo con las condiciones que determine la autoridad sanitaria.

De esta manera, el número mínimo de usuarios para desarrollar el programa será de 15 niños en el supuesto de municipios de más de 5.000 habitantes situados a 20 kilómetros o menos de otro municipio en el que el programa se realice; ocho en el supuesto de municipios de más de 5.000 habitantes situados a más de 20 kilómetros de otro municipio en el que el programa se realice y ocho en el supuesto de municipios de entre 3.000 y 5.000 habitantes.

Para determinar el número de usuarios requerido solo se tendrán en cuenta las solicitudes válidamente presentadas, pudiendo reducirse el referido número mínimo en el caso de que la autoridad sanitaria modifique las condiciones establecidas en el momento actual.

El programa se puede aumentar hasta los 14 años cuando se trate de menores con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios del sistema educativo. También se podrá solicitar plaza para menores que participen en programas de acogida temporal en familias con los límites de edad anteriormente señalados.

Los progenitores, personas tutoras o acogedoras de los menores deberán econtrarse en alguna de las situaciones que se recogen en la convocatoria como desarrollar una actividad profesional durante los días de vacaciones escolares de la Navidad del año 2020 y en la franja horaria para la que se solicita el programa o realizar actividades formativas impulsadas por el Servicio Público de Empleo o la Consejería de Familia, para la inserción socio-laboral, durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria para la que se solicita el programa.

También puede ser que presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, que deban atender a familiares de primer grado con, al menos, dicho grado de discapacidad; tener reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes; padecer enfermedad grave o que deban seguir tratamientos médicos que imposibiliten el cuidado de sus hijos.

Además, el menor para el que se solicita plaza en el programa y, al menos, uno de los progenitores, personas tutoras o acogedoras, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad en el momento de formular la solicitud, aunque no se exigirá el empadronamiento a los menores acogidos temporalmente.

CUOTAS Y EXENCIONES

La Consejería ha destacado que mantiene un año más las cuotas de dicho programa, que se determinará en función de la capacidad económica familiar y será el resultado de multiplicar una cuota diaria por el número de días laborables que contenga cada semana en las que se dividen el período de Navidad.

Las cuotas oscilan entre los cero euros para familias con capacidad económica familiar de hasta 9.000 euros al año y los seis euros al día para las que dispongan de más de 18.000 euros. Los núcleos con capacidad entre 9000,01 y 18.000 euros deberán abonar cuatro euros al día.

Asimismo, estarán exentos del abono de la cuota entre otros las familias numerosas de categoría especial cuya capacidad económica, calculada no supere 40.000 euros; los menores bajo medidas de protección a la infancia de esta Comunidad o de otras nacionalidades que participen en programas de acogida; las víctimas del terrorismo; los hijos de víctimas de violencia de género y las familias numerosas de categoría general, cuya capacidad económica, calculada de acuerdo con lo previsto en esta resolución, no supere los 40.000 euros, tendrán una bonificación del 50% de la cuota.

En el supuesto de que dos o más menores de la misma unidad familiar sean usuarios del programa Conciliamos, el segundo y siguientes tendrán una bonificación del 25 por ciento de la cuota, que se aplicará sobre el importe de menor cuantía. Esta bonificación no procederá en el caso de que se haya aplicado las bonificaciones o cuando alguno de ellos esté exento de cuota.

OBLIGACIONES HIGIÉNICO-SANITARIAS

Mientras persista la alerta derivada de la COVID-19 y una vez garantizado que los centros cumplen con las condiciones higiénico-sanitarias exigidas por la autoridad sanitaria, la Consejería recuerda que es "imprescindible" que los niños mantengan los hábitos higiénicos recomendados y las familias cumplan una serie de condiciones.

Entre ellas está que los niños, para asistir a los centros, no presenten síntomas de carácter respiratorio y, mediante una declaración responsable de padres o tutores, se asegure que durante los 14 días previos a su incorporación el niño no ha sufrido tos, fiebre, cansancio o falta de aire y que no ha estado en contacto con personas con estos síntomas.

Esta declaración, cuyo modelo base está disponible en la web de la Junta, se deberá aporta el primer día de asistencia del menor al programa.

Una vez incorporado, si se da alguno de esos síntomas se actuará de acuerdo con el Protocolo establecido en ese momento por las autoridades sanitarias y el centro se pondrá en contacto con sus tutores o personas acogedoras para que lo recojan lo antes posible.

Los niños deberán seguir las indicaciones de los monitores, especialmente en lo referente a las normas de higiene, de seguridad y de mantenimiento de la distancia física que se establezca. El incumplimiento consciente y reiterado de estas indicaciones podrá suponer la exclusión del menor del programa.

Los niños de seis años en adelante deberán llevar mascarilla, que utilizarán cuando los monitores se lo indiquen. Además, deberán llevar una de repuesto.

También deberán traer de casa un estuche con el material básico para la realización de las actividades del programa, con el contenido que se indique por los monitores en el primer día de realización del programa.

El programa advierte de que se podrían añadir más normas en este sentido según lo que determine la autoridad sanitaria bien al inicio o durante la celebración del programa.

La Consejería puntualiza que podrá llevar a cabo las actuaciones de seguimiento y control que resulten necesarias para la comprobación de los requisitos por parte de los usuarios.

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