El Supremo confirma la prisión permanente revisable para 'El Chicle', asesino de Diana Quer

  • La Sala tumba el recurso de José Enrique Abuín Gey, como ya hiciera en julio el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
  • "La condena se acomoda a la gravedad y perversidad del hecho y al ataque tan grave a una mujer como el que desplegó el acusado", sentencian los magistrados.
  • El Supremo resalta como un dato "que no debe caer en el olvido" que "fue Diana pero podría haber sido cualquier otra mujer".
Han pasado cinco meses desde que José Enrique Abuín, alias “El Chicle”, fuese condenado por un tribunal popular a la máxima pena de prisión por el asesinato de Diana Quer en agosto de 2016. Un veredicto cuestionado por su defensa que presentó un recurso de apelación. En él pide la nulidad de la sentencia y la celebración de un nuevo juicio, al considerar falta de objetividad y veracidad tanto en los informes forenses como en los policiales. Hoy el Tribunal Superior de Justicia de Galicia estudia en una vista oral ese recurso, que Abuín seguirá por videoconferencia desde la cárcel debido al protocolo establecido por el coronavirus. No podrá declarar pero sí tendrá un turno de palabra al final. El padre de Diana, que sí estará presente en la sala, confía en que se desestime el recurso para no tener que volver a pasar de nuevo por todo el proceso. Defiende que el juicio se celebró con todas las garantías y que el jurado dictaminó en base a las pruebas que demostraron que la joven fue agredida sexualmente y asesinada por “El Chicle”.
José Enrique Abuín, alias “El Chicle”
Han pasado cinco meses desde que José Enrique Abuín, alias “El Chicle”, fuese condenado por un tribunal popular a la máxima pena de prisión por el asesinato de Diana Quer en agosto de 2016. Un veredicto cuestionado por su defensa que presentó un recurso de apelación. En él pide la nulidad de la sentencia y la celebración de un nuevo juicio, al considerar falta de objetividad y veracidad tanto en los informes forenses como en los policiales. Hoy el Tribunal Superior de Justicia de Galicia estudia en una vista oral ese recurso, que Abuín seguirá por videoconferencia desde la cárcel debido al protocolo establecido por el coronavirus. No podrá declarar pero sí tendrá un turno de palabra al final. El padre de Diana, que sí estará presente en la sala, confía en que se desestime el recurso para no tener que volver a pasar de nuevo por todo el proceso. Defiende que el juicio se celebró con todas las garantías y que el jurado dictaminó en base a las pruebas que demostraron que la joven fue agredida sexualmente y asesinada por “El Chicle”.

El Tribunal Supremo ha confirmado este jueves la prisión permanente revisable para José Enrique Abuín Gey, alias 'El Chile', por el asesinato, en el verano de 2016, de la madrileña Diana Quer con el fin de ocultar un delito previo contra la libertad sexual de la víctima. En una sentencia a la que ha tenido acceso 20Minutos, el Alto Tribunal desestima, como ya hiciera el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el recurso interpuesto por el condenado, que también tendrá que abonar 130.000 euros a los padres y 40.000, a la hermana. Tampoco podrá acercarse a ellos en los próximos diez años.

Los magistrados que firman el fallo explican que la prisión permanente revisable, la "respuesta punitiva del Estado de derecho", "se acomoda a la gravedad y perversidad del hecho, su mecánica comisiva y el ataque tan grave a una mujer como el que desplegó el recurrente". Recuerda además el tribunal que 'El Chicle' trató a Queer "como un mero objeto dándole un trato de carácter execrable e inhumano" y resalta el tiempo que "silenció" el crimen, "silencio que también daña al entorno familiar de Diana Quer por el sufrimiento de no saber lo que había pasado con ella, y que se agrava de forma desgarradora cuando percibe lo que realmente ocurrió con ella”. 

Y es que, pese a que 'El Chicle' acabó con la vida de la víctima en verano de 2016, su cuerpo no fue encontrado por la negativa a confesar del asesino hasta el 31 de diciembre de 2017. Fue entonces cuando el condenado dijo, tras ser detenido por el intento de secuestro de otra mujer, que el cuerpo de la madrileña yacía en el interior de un pozo en una nave industrial de Asados, en Rianxo (A Coruña).

Asimismo, el Tribunal también subraya en la "elevada perversidad" del asesinato "por suponer un desprecio absoluto a la mujer y a su condición como tal al abordarla en el lugar donde la detuvo, e introdujo en el vehículo. Todo ello, con el firme y férreo propósito de atentar contra su libertad sexual". Los hechos probados relatan cómo el acusado, en la madrugada del 22 de agosto de 2016, abordó a Quer, de 18 años, cuando regresaba caminando sola a su casa en A Pobra do Caramiñal. 

Después, continúa el tribunal, la aturdió, la inmovilizó, la introdujo en el maletero de su coche y, después, se dirigió a una nave industrial abandonada en Asados (Rianxo), “con la intención de atacarla sexualmente”. Allí, teniendo sometida a la víctima mediante el uso de la fuerza física, la desnudó y realizó con ella actos de contenido sexual que no se pudieron determinar. Con la finalidad de acabar con su vida o al menos asumiendo que con ello podía causarle la muerte, le situó una brida plástica de más de 40 centímetros de longitud en el cuello y la apretó fuertemente, lo que le produjo la muerte por estrangulamiento.

Concluye el fallo que "otro dato que no puede ni debe quedar en el olvido es que la víctima fue Diana pero bien hubiera sido cualquier otra mujer que hubiera pasado por allí esa noche".

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