El Supremo revisa la concesión del tercer grado a los presos del procés

Las presas independentistas Carme Forcadell, Dolors Bassa y Raül Romeva entrando al Tribunal Supremo, en una imagen de archivo.
Las presas independentistas Carme Forcadell, Dolors Bassa y Raül Romeva entrando al Tribunal Supremo, en una imagen de archivo.
JAVIER BARBANCHO / ACN
Las presas independentistas Carme Forcadell, Dolors Bassa y Raül Romeva entrando al Tribunal Supremo, en una imagen de archivo.

El Tribunal Supremo estudia este jueves los recursos de la Fiscalía contra el régimen de tercer grado concedido a los nueve condenados a prisión por el 'procés', del que a día de hoy solo disfrutan la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y la exconsellera Dolors Bassa, ya que el resto lo tienen suspendido. El tribunal no tiene previsto emitir una decisión hasta la semana que viene, según ha avanzado RAC1. 

A partir de las 10:00 horas, los magistrados que juzgaron a los lideres independentistas se reúnen para la deliberación y resolución de los recursos que interpuso la Fiscalía contra el tercer grado y contra la aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario que se concedió a los presos antes de otorgarles la semilibertad. 

Aunque los nueve líderes independentistas condenados a penas de cárcel tienen avalado por el juzgado de vigilancia penitenciaria el tercer grado que la Generalitat les otorgó en julio, los siete que se encuentran en la cárcel de Lledoners lo tienen suspendido, a la espera de que el Supremo resuelva el recurso del fiscal. 

No así Carme Forcadell y Dolors Bassa, a quienes el juzgado de vigilancia penitenciaria del que dependen ambas declinó suspender el régimen de semilibertad del que las presas siguen disfrutando y que sólo les obliga a volver al recinto penitenciario a dormir de lunes a jueves. La Fiscalía también recurrió esta decisión al Supremo. 

Los magistrados revisarán también los recursos que los presos de Lledoners interpusieron contra la suspensión del tercer grado, quienes tampoco gozan del régimen flexible del que disfrutaban en segundo grado gracias al artículo 100.2, que les permitía salir para trabajar, cuidar familiares y hacer voluntariado, y que la Fiscalía también recurrió. 

Sobre este artículo 100.2 ya se ha pronunciado el Supremo en relación con Forcadell en un duro auto donde revocaba las salidas concedidas antes de disfrutar de su tercer grado y en el que tachaba de "injustificable" ese régimen de semilibertad "de facto".

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