Tribunales.- El TSJA suspende la modificación urbanística de la nueva planta de Cobre las Cruces

La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ordenado la suspensión cautelar de la aprobación definitiva de la tercera modificación del plan especial correspondiente al complejo minero Cobre las Cruces, localizado en suelos de Guillena, Salteras y Gerena y explotado por una filial de la multinacional canadiense First Quantum; una modificación destinada a la instalación de una refinería polimetalúrgica.
Mina Cobre Las Cruces
Mina Cobre Las Cruces
EUROPA PRESS - Archivo
Mina Cobre Las Cruces

En un auto fechado el pasado 29 de octubre y recogido por Europa Press, la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA analiza un recurso promovido por Ecologistas en Acción, contra el acuerdo adoptado en el seno de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, aprobando definitivamente la tercera modificación del plan especial correspondiente al citado complejo minero.

En el marco de dicho litigio, este auto trata específicamente, y mediante una pieza separada, una petición de Ecologistas en Acción para que dicho acto de aprobación definitiva de la tercera modificación del plan especial fuese suspendido cautelarmente, hasta mediar una resolución respecto al fondo del conflicto.

Groso modo, para tal petición los ecologistas esgrimían que media una sentencia firme de 2019 del propio TSJA anulando el acuerdo de aprobación definitiva de la segunda modificación del plan especial del complejo minero, así como "la ausencia de evaluación ambiental estratégica ordinaria" y el conocido corrimiento de tierras acontecido el 23 de enero de 2019 en la corta de la mina, un incidente derivado principalmente por "la inestabilidad producida por la presión que el agua ejerce al penetrar en las grietas del terreno", según la información trasladada por la Junta de Andalucía a la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz y recogida por Europa Press.

LA JUNTA DE OPONE

Frente a ello, la Junta de Andalucía se oponía a la medida cautelar solicitada por los ecologistas, considerando que no concurrían los "supuestos legales" para la adopción de medidas cautelares y alegando la "falta de certeza de que las normas impugnadas hayan sido anuladas".

No obstante, el TSJA expone, tras detallar prolijamente la jurisprudencia al respecto, que "en este incidente cautelar se vislumbra una clara nulidad de pleno derecho, exigida por la doctrina del Supremo para fundamentar una medida cautelar".

"Asiste la razón a la parte recurrente en que las normas urbanísticas impugnadas están anuladas por la sentencia firme" de enero de 2019 invocada por los ecologistas, "por la que se declaró la nulidad" del acto de aprobación definitiva de la segunda modificación del plan especial del complejo minero, resume la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, que a tal efecto zanja que "procede la suspensión" provisional de la tercera modificación, impugnada por Ecologistas en Acción.

Los ecologistas, en ese sentido, han avisado de que ese auto "implica la paralización de todas las obras y movimientos de tierras que se hayan podido iniciar" para la nueva planta industrial del proyecto de refinería polimetalúrgica planeado por la empresa, "así como la suspensión de todas las licencias que haya podido otorgar el Ayuntamiento de Salteras para esas obras".

Por eso, Ecologistas en Acción ha exigido al Ayuntamiento de Salteras, gobernado por el socialista Antonio Valverde, la "paralización" efectiva de los trabajos autorizados que estén abarcados por la modificación urbanística ahora suspendida.

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