Tribunales.- La Fiscalía pide dos años y medio para cinco acusados de la Madrugada y un año para otros dos

La Fiscalía de Sevilla ha elevado al Juzgado de Instrucción número cinco de Sevilla, que indaga los altercados de la Madrugada del Jueves al Viernes Santo de 2017, marcada por estampidas y tumultos que dejaron más de cien lesionados y heridos, 17 de los cuales requirieron ingreso hospitalario, un escrito de acusación en el que solicita dos años y medio de cárcel para cinco de los investigados en una de las dos piezas en las que se divide la causa; un año para otros dos acusados y la absolución en el caso de otras cuatro investigadas, según este escrito adelantado por ABC y Diario de Sevilla y recogido por Europa Press.
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Eduardo.Briones
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El pasado mes de mayo, recordémoslo, el juzgado daba por concluida la investigación mediante un auto en el que indicaba que tras la "exhaustiva y concienzuda" instrucción, "se han conseguido individualizar" hasta seis hechos concretos "causantes de avalanchas" y a los que, de manera preliminar, se atribuye una autoría conocida.

En primer lugar, la magistrada instructora aludía al hecho número uno, ocurrido sobre las 4,00 horas en la calle Alfonso XII y en el que tres personas "estaban presuntamente golpeando con palos elementos del mobiliario urbano y algunos vehículos estacionados en la vía pública, al tiempo que proferían expresiones amenazantes contra la población, con alusiones explícitas a la banda terrorista ETA". En este sentido, la juez acordaba continuar las diligencias previas incoadas en su día por este hecho número uno, por el que resultaban investigadas las tres personas referidas.

LA PIEZA SEPARADA

Seguidamente, hacía mención al hecho número dos, producido sobre las 4,05 horas a las puertas de un establecimiento hostelero en la calle Arfe, donde varios jóvenes "se enzarzaron en una pelea mientras estaba pasando uno de los tramos de la Hermandad del Gran Poder, llegando a caer sobre alguno de los nazarenos e interrumpiendo el paso de la procesión".

Sobre este hecho número dos, la juez señala que "ni se ha acordado por el Juzgado de oficio o a instancia del Ministerio Fiscal ni se ha solicitado por ninguna de las acusaciones particulares" personadas en la causa que se recibiera declaración como investigados a los implicados en la pelea, a lo que se añade que la conducta de los participantes en la misma "no puede ser imputada a título de desorden público, ni contra la libertad religiosa, por ausencia de un dolo específico en tal sentido; ni siquiera de imprudencia", por lo que, respecto a tales hechos, acordaba el sobreseimiento provisional.

A continuación, la magistrada se refería al hecho número tres, que tuvo lugar sobre las 5,00 horas en la confluencia de las calles Álvarez Quintero y Chapineros, donde cinco personas "comenzaron, presuntamente, a vociferar y golpear elementos del mobiliario urbano, como papeleras y persianas metálicas", y al hecho número cuatro, ocurrido sobre las 6,00 horas en la confluencia de Argote de Molina con Álvarez Quintero, donde las mismas cinco personas referidas "volvieron a realizar acciones consistentes en hacer ruido golpeando persianas metálicas u otros elementos urbanos con un palo u otro elemento similar, mientras que gritaban expresiones como 'Alá es grande' y otras en lo que parecía ser lengua árabe".

Por estos dos últimos hechos, objeto de una pieza separada merced a dicho auto del juzgado, la Fiscalía atribuye a José S.M., Jonathan G.M., Julián S.M., Francisco S.M. y José G.M. dos años y medio de cárcel para cada uno de ellos, entendiendo que actuaron "puestos de acuerdo y para alterar el orden e infundir miedo a las personas aprovechando las circunstancias" de aquella madrugada.

ENTRE RISAS

Sobre el hecho número cinco, la juez precisaba que ocurrió sobre las 6,05 horas en la Plaza del Salvador, cuando dos personas "corrían de un lado a otro sin motivo aparente y se reían a continuación", tratándose de Adrián P.V. y Sergio M.G., quienes según la Fiscalía actuaban "previamente puestos de acuerdo y con ánimo de alterar la paz pública y causar miedo entre los espectadores", por lo que reclama un año de prisión para cada uno de ellos en la citada pieza separada.

El hecho número seis, según la instrucción de la causa, acaeció a las 6,10 horas en la Avenida de la Constitución, donde varias personas "salieron corriendo y gritando en dirección a la Puerta de Jerez, y se reían a continuación".

Respecto a estos hechos, atribuidos a las investigadas María S.A., Nerea C.M., Zaraima R.M. e Inmaculada M.C., junto a dos menores de edad no enjuiciados en la presente causa, la Fiscalía pide su absolución, pues "no está acreditado el punto donde surgió la carrera de las chicas", ni que su intención fuera "alterar el orden público", pesando además que "tampoco consta que se produjese ningún tumulto, lesiones o daños en el mobiliario urbano".

En ninguno de los casos, además, la Fiscalía ve acreditado que hubiese intención de causar "escarnio de los misterios cristianos" o se intentase "directamente alterar o impedir el normal desarrollo de la marcha" de las procesiones.

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