En concreto, según ha informado la Junta, este vecino de Córdoba instituyó como herederos universales a sus tres hijos e hija en cuanto a dos terceras partes indivisas, y la restante tercera parte indivisa a la Asociación Cordobesa Amigos de los Niños Saharauis, a Médicos sin Fronteras y al Instituto Andaluz de Servicios Sociales, por terceras partes proindiviso, con derecho a acrecer entre ellos.
Al quedar extinguido el citado instituto, se considera de interés la aceptación de la referida herencia por parte de la consejería competente en materia de políticas sociales, ya que, según su estructura orgánica, sus fines y objetivos fueron asumidos por la misma.
La herencia de L.M.G. está compuesta por una vivienda en la ciudad de Córdoba, que cuenta con una plaza de aparcamiento, una cuenta corriente y un fondo de inversión.
La Consejería de Hacienda y Financiación Europea, a través de la Dirección General de Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para cumplir con la voluntad del donante, ya que las herencias han de ser aceptadas por decreto del Consejo de Gobierno y a beneficio de inventario, a instancia del escrito presentado por la representación de los cuatro hijos de L.M.G.
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