¿Qué se puede y qué no se puede hacer en Madrid tras la entrada en vigor de las nuevas restricciones?

Control policial en Vallecas el primer día de las nuevas restricciones en 37 zonas de Madrid.
Control policial en Vallecas el primer día de las nuevas restricciones en 37 zonas de Madrid.
JORGE PARÍS
Control policial en Vallecas el primer día de las nuevas restricciones en 37 zonas de Madrid.

El consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, ha comparecido este viernes desde la Real Casa de Correos en la Puerta del Sol para informar sobre las nuevas restricciones que se aplicarán en la región ante la evolución del COVID-19 una vez que decaiga este sábado el estado de alarma que decretó el Gobierno de Pedro Sánchez.  

El Ejecutivo madrileño ha explicado que habrá medidas comunes para toda la región pero que impondrá un nuevo cierre perimetral en los municipios y distritos con mayor incidencia del virus (500 casos por 100.000 habitantes). En total, afectará a 32 zonas básicas de salud de 12 municipios de Madrid.

¿Cuándo entran en vigor las nuevas medidas?

La Comunidad de Madrid ha explicado que las medidas que se aplicarán en toda la región entrarán en vigor desde el mismo sábado -una vez decaiga el estado de alarma- y que las que corresponden a las zonas básicas lo harán el próximo lunes. 

¿En qué zonas habrá restricciones perimetrales?

En total hay 32 nuevas zonas básicas de salud afectadas repartidas en doce municipios. Las zonas de Madrid capital son Núñez Morgado (distrito de Charmartín), Guzmán el Bueno (Chamberí), San Andrés, San Cristóbal y El Espinillo (Villaverde); Entrevías, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Alcalá de Guadaíra, Rafael Alberti y Numancia (Puente de Vallecas); Daroca (Ciudad Lineal); Vinateros Torito, Pavones y Vandel (Moratalaz); Puerta del Ángel (Latina); Virgen de Begoña (Fuencarral-El Pardo); e Infanta Mercedes y Villaamil (Tetuán).

El resto de zonas afectadas son Collado Villalba, Guadarrama, Majadahonda, San Juan de la Cruz (Pozuelo de Alarcón), San Blas y Pintores (Parla), Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo), Morata de Tajuña, Las Frontera y Brújulas (Torrejón de Ardoz), El Boalo (Manzanares El Real), Villarejo de Salvanés y Colmenar de Oreja.

Si vivo en una de las áreas sanitarias afectadas, ¿puedo ir a trabajar aunque tenga que desplazarme a una zona distinta?

Sanidad establece la prohibición de entradas y salidas de las zonas confinadas, pero prevé algunas excepciones. Así, se permite la movilidad fuera de estas zonas para acudir al trabajo, para ir al médico, a centros educativos y también para realizar trámites en los juzgados y ante la administración. Igualmente, están autorizados los desplazamientos para volver al lugar de residencia, para hacer gestiones en entidades bancarias o de seguros, para realizar exámenes y para cuidar a personas mayores, menores o dependientes. 

¿Puedo reunirme con mi familia?

Sí. Se puede quedar siempre y cuando la reunión no exceda el número de seis personas, aunque desde las 00.00 horas hasta las 6.00 horas solo podrán estar juntos personas que viven en el mismo domicilio. 

¿Podría dormir en casa de mi pareja si no convivimos juntos?

No. La Comunidad de Madrid prohíbe reuniones en toda la región en espacios públicos y privados desde las 00.00 horas a las 6.00 horas, a excepción de personas convivientes.

¿Me puedo ir el fin de semana a la sierra?

Este sábado, cuando decaiga el estado de alarma, los madrileños que no vivan en las zonas básicas de salud con restricciones perimetrales podrán desplazarse libremente por la Comunidad de Madrid. No podrá entrar, eso sí, en las 32 áreas con limitaciones especiales salvo causa justificada.  

¿Está permitido ir a los bares? ¿Hasta qué hora?

Los bares y restaurantes seguirán abiertos con limitaciones de horario (hasta las 00.00 horas) y aforo en el interior (máximo de 50%) y en terraza (75%). Seguirá prohibido el consumo de bebidas y comida en las barras y en las mesas solo se podrán sentar a comer un máximo de seis personas.  En las 32 zonas básicas de salud con restricciones, los establecimientos de restauración limitan su aforo al 50% en interior y exterior y tampoco está permitido el consumo en barra, aunque el horario de cierre es el mismo. 

¿Qué horario tienen las tiendas?

Los establecimientos comerciales no podrán iniciar la actividad antes de las 6.00 horas y deberán cerrar a las 22.00 horas, a excepción de los que presten servicios imprescindibles e inapalazables (farmacias y gasolineras, entre otros). El aforo permanece como hasta ahora, al 75%, salvo en las zonas básicas de salud afectadas por el cierre perimetral, donde se reduce al 50%. 

¿Hay nuevas restricciones de aforo en el cine o el teatro?

Los cines, auditorios y teatros reducen su aforo al 50%, salvo salas multiusos polivalentes que quedan al 40%. También deberán cerrar a las 00.00 horas

¿Se puede usar el transporte público?

La nueva situación no supone ninguna restricción de uso de las líneas de Metro, autobús y cercanías. Los usuarios que residan o trabajen en las zonas básicas de salud podrán hacer uso por tanto del transporte público para salir y entrar, siempre y cuando lo hagan en uno de los supuestos que contempla la Comunidad: motivos laborales, sanitarios o educativos, entre otros. 

¿Los parques estarán abiertos para ir a pasear?

Los parques y jardines deberán cerrar desde las 00.00 horas hasta las 6.00 horas en toda la Comunidad pero sí se podrá pasear por ellos. En las zonas básicas sanitarias con cierre perimetral, el Gobierno regional sí ha optado por cerrar los parques infantiles donde juegan los niños. 

¿Seguirán abiertas las instalaciones deportivas?

Sí. Las instalaciones deportivas al aire libre seguirán abiertas pero no podrán usarse antes de las 6.00 horas y deberán cerrar a las 00.00 horas. En gimnasios se reduce el aforo a un 50%.

Si tengo que acudir a un velatorio, ¿cuál es el aforo máximo?

En las instalaciones funerarias se reduce el aforo por regla general al 50%, el mismo porcentaje que se permite en los lugares de culto. En las zonas básicas de salud afectadas, los velatorios se limitan a un máximo de 15 personas en espacios al aire y 10 en espacios cerrados, mientras que la asistencia a lugares de culto no podrá superar un tercio de su aforo. 

¿Habrá controles para que se cumplan las normas?

La Policía realizará controles aleatorios en el perímetro de esas zonas con la movilidad restringida, aunque no podrá multar hasta el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ratifique las

¿Qué pasa si me salto las restricciones?

El incumplimiento de estas normas supone la aplicación de sanciones que pueden oscilar entre los 600 y los 600.000 euros.

¿Cómo puedo justificar que tengo que salir o entrar en una zona básica de salud?

La Comunidad proporciona formularios en su página web para que los ciudadanos afectados puedan justificar sus movimientos y hacer declaraciones juradas.

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