Los nuevos indicadores de Sanidad pondrían al menos a siete comunidades en "riesgo extremo" por la Covid-19

Niveles de alerta en todas las comunidades autónomas.
Niveles de alerta en todas las comunidades autónomas.
Carlos G. Kindelán
Niveles de alerta en todas las comunidades autónomas.

Ya lo avanzó Fernando Simón hace unas semanas. El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, defendió el 1 de octubre la orden de Sanidad para restringir la movilidad en municipios de más de 100.000 habitantes, anunciando la modificación de los criterios bajo los que se aplicarían ciertas restricciones.

Ahora, el Ministerio de Sanidad ha aprobado en el Consejo Interterritorial una reforma del Plan de Respuesta Temprana al que ha tenido acceso 20minutos, y en el que se incluyen "opciones de actuación para una respuesta proporcional a distintos niveles de alerta", que tengan en cuenta las características específicas de cada territorio.

De esta forma, se medirá la gravedad de la situación epidemiológica en base a cuatro umbrales que determinan el nivel de alerta: si el riesgo es bajo (1), medio (2) alto (3) o extremo (4). El documento -que ha sido aprobado este viernes con la abstención de Madrid y el País Vasco-, "abre un campo de respuesta adecuado al nivel de la pandemia que tenemos en este momento", según señaló el ministro de Sanidad, Salvador Illa.

Niveles de alerta en todas las comunidades autónomas.
Niveles de alerta en todas las comunidades autónomas.
Carlos G. Kindelán

Según los indicadores que se plantean en el borrador, hay ocho comunidades autónomas que estarían en "riesgo extremo" por coronavirus y que, por lo tanto deberían aplicar medidas excepcionales y limitar la movilidad. Son Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Madrid, Navarra y La Rioja -a los que se suman las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla- donde, por su alta incidencia acumulada de casos, su alta positividad y ocupación en UCIs, deberán aplicarse una serie de medidas concretas. Además, los datos epidemiológicos de este jueves 22 de octubre no situarían a ninguna comunidad en nivel 1 de alerta.

No obstante, hay que tener en cuenta que Sanidad añade dos nuevos indicadores (incidencia del virus en personas mayores de 65 años y la tasa de trazabilidad), que todavía no constan en los informes diarios del ministerio.

Indicadores "adaptables"

El nuevo plan, que recibe el nombre de 'Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19', incluye estrategias a adoptar en función de la situación epidemiológica de cada territorio. El objetivo del documento, por lo tanto, es proponer indicadores "que permitan realizar una evaluación en cada territorio", y establecer distintos niveles de riesgo "adaptables según la situación y el contexto de cada territorio".

Para evaluar el grado de alerta de cada unidad territorial (comunidad autónoma, provincia, municipio, isla, área de salud, etc.) se tendrán en cuenta una serie de indicadores que, según el borrador, serían los siguientes:

  • La situación epidemiológica 
  • La capacidad asistencial
  • La capacidad de salud pública
  • Las características y vulnerabilidad de la población susceptible expuesta
  • La posibilidad de adoptar medidas de prevención y control

Estos indicadores, no obstante, se pondrán "en contexto". Según señala el documento, se tendrán en cuenta otros factores como el tamaño, el territorio o las características de la población. "Siempre se hará una valoración individualizada de la situación de la comunidad autónoma", añade Sanidad en el borrador. 

Indicadores para la valoración del riesgo.
Indicadores para la valoración del riesgo.
Ministerio de Sanidad

Cada nivel de alerta lleva asociado una serie de medidas a implantar para reducir la propagación de la enfermedad; aunque el documento señala que serán las comunidades autónomas las encargadas de decidir qué medidas se aplican y trasladarlas al Ministerio de Sanidad. 

El documento contempla también planes de actuación para los municipios o territorios más pequeños (especialmente de menos de 5.000 habitantes), donde "más que establecer niveles de riesgo, se deben adoptar medidas muy adaptadas y dirigidas a las características de la situación epidemiológica y de riesgo en cada territorio". En estos casos, se tendrán en cuenta también otros indicadores (a parte de los generales):

  • El número, la tendencia y la velocidad de cambio de los casos diagnosticados en los últimos 7 y 14 días.
  • La proporción de casos nuevos asociados a brotes
  • La tasa de ataque secundaria
  • La existencia de puntos calientes (número de brotes, sus características y su situación de control; afectación de residencias socio-sanitarias, etc.)

Nivel de alerta 1

En el nivel de alerta 1 (brotes complejos o transmisión comunitaria limitada), se limitan las reuniones a un máximo de 15 personas y se prohíbe fumar en la vía pública cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad (una restricción que se aplica a todos los niveles). 

En velatorios y entierros, el aforo máximo es de 50 personas en espacios cerrados y sin limitaciones en espacios abiertos. En las ceremonias, no podrá superar el 75% en espacios cerrados (con un máximo de 50 personas), y tampoco habrá límite para los espacios abiertos, siempre que se garantice la distancia de seguridad. 

En cuanto a los establecimientos de restauración y hostelería, se limita el aforo a un máximo del 75% (con 10 personas por mesa, como mucho y 15 si es en el exterior) y garantizar que "en todo momento se hará uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo". 

También se aplica la limitación del 75% del aforo en locales comerciales, establecimientos culturales (cines, teatros, etc.) y hoteles y albergues turísticos. (limitación que se aplica también en el nivel 2 de alerta).

En este nivel se recomienda además fomentar el teletrabajo o los turnos escalonados y limitar los viajes no esenciales y se promueve el transporte en bicicleta o caminando.

Según los datos epidemiológicos de Sanidad de este jueves 22 de octubre, ninguna comunidad estaría actualmente en este nivel de riesgo.

Nivel de alerta 2

En el segundo nivel de alerta (transmisión comunitaria sostenida generalizada con presión creciente sobre el sistema sanitario), las reuniones se reducen a un máximo de 10 personas y se traslada la recomendación de permanecer en el domicilio. El máximo de personas en velatorios y entierros será de 30 en espacios cerrados (50% del aforo), y sin limitaciones en espacios abiertos

En cuanto al trabajo, se deberá fomentar también el teletrabajo en la medida de lo posible, así como los turnos escalonados para los trabajos que requieran presencialidad. Además, en autobuses, metro, trenes y aviones se deberá aumentar la frecuencia de horarios "al máximo" para garantizar una ocupación lo más baja posible, y no podrán ir más de dos pasajeros en un taxi. 

El aforo permitido en comercios y establecimientos de restauración se reduce al 50% en su interior, con una ocupación máxima de 6 personas por mesa. En el exterior, podrán albergar una clientela correspondiente al 75% de su aforo, en mesas de máximo 10 personas.

En este nivel, según la situación epidemiológica actual, se situarían las comunidades: Baleares, Canarias, Cantabria, Comunidad Valenciana y Galicia.

Nivel de alerta 3

En este nivel de alerta 3 (transmisión comunitaria no controlada y sostenida que excede las capacidades de respuesta del sistema sanitario), se limitan las actividades sociales a un máximo de 6 personas, y se deberá valorar cerrar los establecimientos no esenciales de cara al público a las 22.00 horas.

Asimismo, Sanidad establece que tan solo se acuda al trabajo para "actividades o reuniones precisas", y recomienda que la población que viva en territorios en este nivel de alerta salga de su domicilio "solo lo necesario" y evitando espacios cerrados. 

Se reduce el aforo permitido en velatorios y entierros (10 personas en espacios cerrados y 20 en abiertos), y centros de culto (1/3 del aforo), recomendando además aplazar la celebración de ceremonias "hasta la mejora de la situación epidemiológica".

Las recomendaciones respecto al trabajo siguen siendo las mismas que en el nivel 2, aunque el documento establece que se valore la limitación de entradas y salidas del territorio afectado, salvo casos excepcionales. En cuanto al transporte (autobuses, metro, trenes, aviones) el aforo máximo permitido en este nivel de alerta es del 30%, y se mantienen las restricciones en los taxis.

En lo que respecta a la hostelería, "la autoridad sanitaria deberá valorar el cierre de las zonas interiores de los establecimientos, y en su defecto reducir los aforos al máximo posible". En el exterior de bares y restaurantes, no obstante sí que se permitirá un aforo del 75% (máximo de 6 personas por mesa) y se limitará la hora de admisión de clientes a las 22.00 horas y de cierre a las 23.00 horas. 

Los locales comerciales, deberán mantener un aforo de 1/3 y, "si no es posible mantener la distancia de seguridad, se restringirá la permanencia dentro del local a un cliente".

Andalucía, Asturias, Extremadura, Murcia y País Vasco son las comunidades que, según sus indicadores epidemiológicos, se situarían en el nivel 3 de alerta. 

Nivel de alerta 4

El nivel de alerta 4, según se señala en el documento, se aplicarán todas las limitaciones establecidas en el nivel de alerta 3, y se añadirán una serie de "medidas excepcionales", que podrán incluir restricciones adicionales. Sanidad establece además que, en caso de que se requiera, se activaría el estado de alarma en este nivel de alerta.

En este nivel de alerta "extrema", se sitúan Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Madrid, Navarra, La Rioja, Ceuta y Melilla; todos con indicadores epidemiológcos muy altos. 

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