Junta se compromete con las salas de música en vivo a agilizar sus cambios de actividad para poder reabrir

La Junta de Castilla y León se ha comprometido con la Asociación de salas de música en vivo a garantizar y agilizar los cambios de licencia a otras actividades de acuerdo con la modificación de la Ley 7/2006 en aquellos locales que aun no han podido reanudar su actividad.

El viceconsejero de Cultura, Raúl Fernández Sobrino; el director de Políticas Culturales, José Ramón González y la directora general de la Agencia de Protección Civil, Irene Cortes Calvo, han mantenido este martes una reunión con los representantes de la asociación de salas de música en vivo 'Castilla y León en vivo', para abordar la reapertura de las salas que aún permanecen cerradas.

Los representantes de 'Castilla y León en vivo' han manifestado los impedimentos que han encontrado para poder compatibilizar las actividades de sus respectivos establecimientos, al amparo de la modificación de la Ley 7/2006, operado por Decreto Ley aprobado el pasado 3 de septiembre y convalidado en fecha de 23 de septiembre de 2020 por las Cortes con unanimidad de todos los grupos parlamentarios representantes en la Cámara.

En este encuentro, los representantes de la Administración regional se han comprometido a garantizar y agilizar que puedan reanudar su actividad, algo que la Junta recuerda que es posible gracias a la modificación de Ley 7/2006 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad reciente aprobada en el Pleno de las Cortes de Castilla y León.

Los representantes de la Junta han manifestado que, sin perjuicio de la actual situación sanitaria, es su voluntad reactivar el sector de música en vivo en la Comunidad, razón por la que se instó esta modificación normativa, cuyo alcance, así lo han manifestado a los representantes del sector, no queda circunscrito ni a un número determinado de actividades ni a una determinada tipología o epígrafe de actividades de entre las recogidas en el catálogo del Anexo de la Ley 7/2006.

Dicho Decreto Ley tiene una gran repercusión en la actividad propia de los establecimientos de ocio nocturno pero no significa que la compatibilidad que recoge la ley se restrinja únicamente a este tipo de establecimientos y categoría. Por ello, los establecimientos que desarrollaban espectáculos musicales en vivo pueden ahora solicitar la compatibilidad de dicha actividad con las que sus titulares estimen deseables, y así obtenerla por parte de las entidades locales, siempre y cuando se dé cumplimiento a la normativa sectorial aplicable.

A modo de ejemplo, han precisado fuentes de la Junta, un establecimiento con categoría de café cantante (actividad de ocio y entretenimiento) no tiene obstáculo para solicitar "y obtener, en su caso" la compatibilidad con cualquier otra categoría, ya sea la de café teatro u otras, siempre que cumpla la legislación sectorial en materia de contaminación acústica y en su caso, legislación alimentaria (si quisiera obtener, por ejemplo, la categoría de restaurante), así como la referida a la protección de menores, si resultara procedente.

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