El coste de saltarse las normas en Madrid: 100 euros por ir sin mascarilla y hasta 15.000 por no guardar cuarentena

  • La ley prevé multas de hasta 600.000 euros en los casos más graves por infracciones que impliquen riesgo de contagio.
Multas Madrid
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C. GÁMEZ
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Desde que este viernes recibieran el aval judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, las autoridades madrileñas pueden imponer sanciones a quienes incumplan las restricciones de movilidad y actividad que rigen en 37 áreas básicas sanitarias de la capital y otros municipios. Zonas que se ampliarán hasta las 45 este lunes, cuando entre en vigor la última orden de la Consejería de Sanidad para contener los contagios, anunciada este viernes.

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C. GÁMEZ

Pero hay que tener en cuenta que no solo en estos barrios los incumplidores se arriesgan a ser multados: en la Comunidad de Madrid, como en el resto de territorios, existe un amplio abanico de sanciones, que van desde los 100 a los 600.000 euros en los casos más graves, para los ciudadanos que no respeten las normas establecidas para aforos, horarios, reuniones, distancia de seguridad, uso de mascarilla, etc.

Dos normas son básicas a la hora de conocer los regímenes sancionadores que se están aplicando en la actualidad en Madrid: la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública y la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid. En ellas se recoge desde las cuantías de las multas hasta los comportamientos susceptibles de ser sancionados, entre otras muchas cuestiones.

Nuevas medidas en Madrid contra la Covid.
Nuevas medidas en Madrid contra la Covid.
CARLOS G. KINDELAN

¿A quién se puede multar y por qué?

Pueden ser sancionadas tanto las personas físicas como las jurídicas que incumplan, o se resistan a aplicar, las medidas sanitarias, tanto generales como específicas, puestas en marcha para contener los contagios.

Así, se consideran infracciones las acciones que supongan una violación de las normas y también las omisiones de los mandatos legales en materia de salud pública.

¿Qué tipo de infracciones hay y cuánto dinero suponen?

Hay incumplimientos leves, graves y muy graves atendiendo al riesgo para la salud que las conductas generen. Cada grupo tiene tres modulaciones de gravedad (grados mínimo, medio y máximo) y en base a ellos se determina la cuantía de la multa. 

Las leves van de 601,01 a 3.005,06 euros. Las consideradas graves, de 3.005,07 a 15.025,30. Mientras, las muy graves oscilan entre 15.025,31 y 601.012,11 euros.

¿Cuándo se considera que es una infracción leve y cuándo grave?

Hay un parámetro que destaca entre los demás: el número de contagios que puede suponer una violación u omisión de la norma.

La conducta infractora se calificará como leve cuando el número de eventuales contagios derivados del incumplimiento no supere a las 15 personas. Será grave cuando haya un riesgo de entre 16 y 150 infecciones y muy grave a partir de las 151 y cuando quede comprobado que ha habido incumplimientos reiterados.

¿Qué pasa si me reúno con más de seis amigos?

En toda la Comunidad de Madrid, desde el pasado lunes está prohibido reunirse con más de seis personas, tanto en el ámbito público como el privado. Quienes no observen este mandato deben saber que están cometiendo una infracción leve.

Reuniones familiares o fiestas de amigos que incumplan esta medida, tanto en espacios públicos como privados, se consideran aglomeraciones que "impiden o dificultan" la adopción de las medidas sanitarias de prevención. Las autoridades estiman que pueden suponer un riesgo o daño leve para la salud de la población y por ello sancionan este tipo de comportamientos con entre 600 y 3.000 euros, dependiendo de los asistentes y las circunstancias.

¿Cómo se castiga a un local que incumple el aforo o el horario?

Si un establecimiento no observa los límites de aforo establecidos se enfrenta a una sanción leve cuando la aglomeración no suponga riesgo de contagio.

También se considera una infracción leve el incumplimiento de los horarios de apertura y cierre. En los barrios con restricciones no se puede abrir, salvo excepciones como farmacias o gasolineras, más allá de las 22:00 horas. 

Las multas van de 600 a 3.000 euros en estos casos.

Tengo que guardar cuarentena, ¿qué pasa si me la salto?

Las personas que han dado positivo en Covid-19 y rompen el aislamiento domiciliario acordado por la autoridad sanitaria están cometiendo una infracción considerada grave porque puede suponer un riesgo sanitario de esta misma consideración para el resto de la población. 

Dependiendo del peligro que acarree este incumplimiento, las multas pueden ir de 3.000 a 15.000 euros. Idéntico castigo se puede imponer a quienes no respeten el confinamiento decretado.

¿Cuál es la multa por no llevar mascarilla?

El uso de mascarilla es obligatorio en la Comunidad de Madrid, con independencia de que se pueda guardar o no la distancia física mínima de 1,5 metros, en todas los espacios, abiertos o cerrados, desde el pasado 30 de julio.

No hacer uso de esta protección lleva acarreada una multa de 100 euros. 

Solo en la capital, hasta el 15 de septiembre de habían tramitado 11.000 propuestas de sanción por esta infracción.

¿Y si organizo una fiesta con decenas de asistentes?

Según la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, "constituyen una infracción muy grave la celebración de reuniones, fiestas o cualquier otro tipo de actividad o acto permanente o esporádico, sea en espacios públicos o privados, en los que se produzcan aglomeraciones que impidan o dificulten la adopción de las medidas sanitarias de prevención, si pueden, directa o indirectamente, suponer un riesgo o daño muy grave para la salud de la población".

Las conductas consideradas muy graves llevan asociadas, claro, las multas más elevadas: en el grado mínimo de 15.025 a 120.202 euros; en el medio, de 120.202 a 360.607; y en el máximo de 360.607 a 601.012 euros.

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