Las multas por saltarse las restricciones en las 37 zonas de Madrid afectadas pueden ascender a 600.000 euros

Controles policiales de movilidad en el distrito de Puente de Vallecas.
Controles policiales de movilidad en el distrito de Puente de Vallecas.
Eduardo Parra - Europa Press
Controles policiales de movilidad en el distrito de Puente de Vallecas.

Este miércoles termina el plazo de los dos días en los que la Policía iba simplemente a informar a los vecinos de las 37 zonas de Madrid con nuevas restricciones a la movilidad por ser las más afectadas por el coronavirus. Sin embargo, será a finales de semana cuando los agentes puedan empezar a multar por incumplir estas restricciones, ya que la orden todavía no ha sido ratificada por la Justicia.

Las multas se podrán imponer cuando el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ratifique la orden dictada por la Consejería de Sanidad, algo que hasta este miércoles todavía no ha ocurrido y que se producirá previsiblemente a finales de esta semana. 

El incumplimiento de estas normas supondrá la aplicación de sanciones que pueden oscilar entre los 600 y los 600.000 euros.

Para evitar ser multado, los ciudadanos que se desplacen al trabajo deberán portar un certificado como el modelo que sugería este lunes la Comunidad de Madrid.

Medidas para toda la población

- Las reuniones sociales quedan limitadas a un máximo de 6 personas.

Medidas restrictivas para las 37 zonas de salud

- Restricción de la entrada y salida excepto: por motivos laborales; médicos; acceso a centros educativos; regresar a la zona residencial; cuidado de personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes; cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.

- Los residentes en dichas zonas podrán desplazarse por la vía pública dentro del perímetro acotado, aunque se recomienda evitar desplazamientos y actividades "innecesarias".

- Cierre de parques y jardines.

- Aforos y actividades económicas: El aforo de los lugares de culto se reduce a un 33% de la capacidad máxima; los velatorios tendrán la asistencia limitada a 15 personas al aire libre y 10 en lugares cerrados; Los comercios tendrán limitado el aforo al 50% y cerrarán a las 22.00 horas, salvo las farmacias, centros médicos, veterinarios, gasolineras y otros establecimientos considerados "esenciales".

- En hostelería se elimina el consumo en barra y se limita el aforo a un 50%. Solo podrá haber 6 comensales por mesa. También tendrán que cerrar a las 22.00 horas, aunque podrán seguir haciendo repartos de comida a domicilio después de esa hora.

- En centros de enseñanza no reglados (academias, autoescuelas...) se reduce el aforo máximo al 50% y se limitan los grupos a un máximo de 6 personas.

- Las instalaciones deportivas, tanto al aire libre como cubiertas, reducen el aforo al 50%, y los grupos serán de no más de 6 personas.

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