El Tribunal de Apelación belga decidirá este martes sobre la entrega a España de Valtònyc

El Tribunal de Apelación de la localidad belga de Gante ha fijado para este próximo martes la vista para dictar sentencia sobre la entrega a España del rapero mallorquín Josep Miquel Arenas, conocido artísticamente como Valtònyc, al que la Justicia española reclama tras ser condenado por delitos de enaltecimiento del terrorismo e injurias a la Corona.
El rapero Valtònyc en una imagen de archivo.
El rapero Valtònyc en una imagen de archivo.
Juan-Miguel-Morales-Lopez
El rapero Valtònyc en una imagen de archivo.

Las partes participaron el pasado mes de junio en una audiencia de conclusiones para presentar sus alegatos finales y el juez ha fijó la fecha del 8 de septiembre para pronunciar su sentencia definitiva, según informó a Europa Press un portavoz de la Fiscalía belga.

El pasado marzo, en una cuestión prejudicial remitida por este tribunal de Gante, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dio la razón al rapero mallorquín en cuanto a que España no debió aplicar de manera retroactiva la ley penal española de 2015 para solicitar su extradición a las autoridades judiciales belgas, sino la del caso concreto que implica una menor condena, a priori insuficiente para ser entregado de manera automática por Bélgica.

Con todo, la Justicia europea avisaba a Bélgica de que el hecho de que el delito en cuestión no permita la extradición de Valtònyc sin control de la doble tipificación de los hechos "no significa que deba denegarse la ejecución de la orden de detención europea", sino que le corresponde a la Justicia belga, que ya denegó su extradición en primera instancia, valorar el criterio de doble tipificación.

Las reglas de la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) prevén un listado de 32 delitos para facilitar la entrega automática sin entrar a examinar la doble tipificación de estos delitos, siempre que estén castigados en el país emisor de la euroorden con una pena máxima de al menos tres años.

El mallorquín, que se encuentra huido en Bélgica desde junio de 2018, fue condenado por la Audiencia Nacional por delitos de enaltecimiento del terrorismo a dos años y a un año y medio más por injurias a la Corona, una sentencia dictada por delitos cometidos entre 2012 y 2013 y posteriormente confirmada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Sin embargo, a la hora de solicitar a Bélgica su extradición en 2018, España tramitó la solicitud por un delito de "terrorismo", que figura en la lista de delitos a los que se aplica la supresión del control de la doble tipificación de los hechos y que, en base a la nueva ley de 2015 en España se establece una pena de prisión de un máximo de tres años.

La justicia belga rechazó en primera instancia la entrega de Valtònyc en septiembre de 2018 alegando que no existía la doble incriminación, es decir, rechazando que ninguno de los tres cargos por los que fue condenado en España estén tipificados como delito tanto en España como en Bélgica, decisión que recurrió la Fiscalía de Gante.

Sea cual sea la decisión final del Tribunal de Apelación de Gante, en todo caso, no será la última etapa del caso si alguna de las partes decide recurrir el fallo, ya que aún quedará la última instancia prevista en Bélgica, la Corte de Casación, que se pronunciaría sobre la forma pero no sobre el fondo del expediente.

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