Los directores de colegio ya pueden castigar el bullying, las piras, grabar con el móvil...

  • Educación lanza un reglamento para disciplinar las aulas vascas.
  • Impone medidas que llegan a la expulsión del centro.
  • Sanciona los insultos al profesor o vestir inapropiadamente.
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El ciber-bullying está catalogado con infracción muy grave en los colegios.
El ciber-bullying está catalogado con infracción muy grave en los colegios.
El ciber-bullying está catalogado con infracción muy grave en los colegios.

Orden en el aula. El Departamento de Educación presentó ayer el Decreto de Derechos y Deberes del Alumno, que afectará a los 351.601 escolares vascos de los colegios públicos y concertados. Este documento da armas al profesorado para lograr disciplina en clase e impone sanciones contra quienes cometan faltas de nuevo cuño, como el bullying o la grabación de vídeos en clase. Medidas que en último término pueden suponer la expulsión del centro.

El decreto persigue que si un alumno comete una falta sea fulminantemente sancionado. Si la infracción es leve, será el profesor quien imponga el castigo y lo haga cumplir. Y si es grave, el docente deberá poner inmediatamente al infractor ante el director para que éste tome las medidas correctivas necesarias.

Esta inmediatez es nueva. La directiva vigente hasta ahora, que databa de 1994, imponía que sólo el consejo escolar estaba capacitado para sancionar conductas. Y como este órgano se reúne cada varios meses, el chaval no era castigado hasta que pasaban meses o el curso entero. Perdía, pues, efectividad.

Ahora, el correctivo que reciba el infractor dependerá de la gravedad del asunto, y siempre contará con la colaboración de la familia. Educación ha dividido las faltas en tres bloques diferenciados.

Medidas correctoras

  • Conductas inadecuadas: Son las más leves y las pueden sancionar los profesores. Tiene esta calificación la falta de puntualidad o asistencia, romper dependencias del centro, copiar o dejarse copiar... Para purgar estas minucias bastará con que el alumno reconozca su error, pida perdón y, en su caso, realice alguna tarea educativa.
  • Conductas contrarias a la convivencia: Tienen esta consideración las faltas leves reiteradas, insultos al profesor, amenazas a compañeros, robar exámenes, alterar boletines de notas, violar la intimidad de compañeros grabándoles en vídeo o vestir inadecuadamente. Las sanciones son tareas educativas, expulsión durante días, prohibición de ir de excursión...
  • Conductas gravemente contrarias a la convivencia: Son el maltrato físico a compañeros o profesores, acoso sexual, discriminación racial, narcotráfico, altercados que implique lesiones graves... Las medidas correctivas suponen trabajos educativos fuera del horario escolar, expulsión del centro durante 20 días o cambio de colegio.

Entrará en vigor este curso

Las direcciones de los centros tienen seis meses de plazo para adaptar sus reglamentos internos y poner en marcha el nuevo decreto. El Departamento lanzará antes de Navidad una campaña informativa en todos los centros para darlo a conocer, con «el leitmotiv de tolerancia cero con el maltrato», apuntó ayer el consejero Tontxu Campos.

Precisamente, el bullying en Euskadi va conteniéndose. Los escolares que lo sufren en Primaria han pasado de ser el 17,7% en 2005 al actual 15,5%. En Secundaria, ha bajado del 12% al 10,6% en ese periodo de tiempo.

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