Las multas se notificarán una sola vez y el "pronto pago" las reducirá el 40%

  • De la Vega asegura que además, las cuantías de las multas serán "proporcionadas al peligro potencial creado por el conductor".
  • Las cuantías de las multas se fijan en 100 euros para las infracciones leves, 200 para las graves y 500 euros para las muy graves
  • Estas son algunas de las novedades que incorpora la reforma del procedimiento sancionador que se remitirá a las Cortes.
Se fijará la cuantía de la sanción por exceso de velocidad en función del número concreto de kilómetros que se exceda.
Se fijará la cuantía de la sanción por exceso de velocidad en función del número concreto de kilómetros que se exceda.
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Se fijará la cuantía de la sanción por exceso de velocidad en función del número concreto de kilómetros que se exceda.

El Gobierno ha aprobado este viernes el anteproyecto de ley para la reforma del procedimiento sancionador en materia de seguridad vial, que contempla una única notificación, en lugar de tres, y "premia" el "pronto pago" de los infractores con un descuento del 40% del importe de las multas.

Estas son algunas de las novedades que incorpora la reforma del procedimiento sancionador, que el Consejo de Ministros remitirá a las Cortes, según ha explicado la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, quien además ha subrayado el hecho de que las cuantías de las multas vayan a ser "proporcionadas al peligro potencial creado por el conductor".

Así, se fijan las cuantías de las multas en 100 euros para las infracciones leves, 200 para las graves y 500 euros para las muy graves, pero éstas podrán incrementarse hasta en un 30% atendiendo al "peligro potencial creado". Además, se fija la cuantía de la sanción por exceso de velocidad en función del número concreto de kilómetros que se exceda sobre la velocidad máxima permitida.

Suspensión del permiso

El cuadro de las sanciones se revisa e incluso se eliminan algunas de las actuales, como la suspensión del permiso de conducción para las graves; sólo se podrá suspender en las muy graves y en dos meses (actualmente es entre uno y tres meses).

Por contra, se incluyen otras, como la suspensión del permiso si no se identifica al conductor del vehículo con el que se ha cometido una infracción, o la prohibición para los extranjeros no residentes en España que cometan infracciones de utilizar el vehículo durante un mes, además de anotar la pérdida de puntos.

Los infractores tendrán la posibilidad de concluir el procedimiento sancionador en quince días, mediante el pago voluntario de la sanción con una reducción de un 40 por ciento de la multa (ahora es de un 30) y, además, la reducción en ese porcentaje del tiempo de suspensión del permiso.

En los supuestos en los que el infractor ni pague ni haga alegaciones o proponga pruebas, el procedimiento se dará por concluido en un mes y la sanción será firme y ejecutiva. También se revisa el sistema de responsabilidades cuando la infracción se haya detectado a través de un radar sin que se haya detenido al vehículo, lo que obliga a identificar al conductor para iniciar el procedimiento.

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