Endurecen la pena a dos menores que violaron a una niña de 13 años en un botellón en Murcia 

  • Ambos jóvenes en la anterior sentencia habían sido condenados a regímenes semiabiertos.
  • La niña no solo fue sometida a agresiones sexuales, también fue golpeada para vencer su resistencia
Fachada de la Audiencia Provincial de Murcia.
Fachada de la Audiencia Provincial de Murcia.
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Fachada de la Audiencia Provincial de Murcia.

La Audiencia Provincial de Murcia ha aumentado y endurecido las penas impuestas por el Juzgado de Menores a dos jóvenes de 15 y 16 años que agredieron sexualmente a una niña de 13 durante el botellón celebrado en octubre de 2017 en un municipio murciano con motivo de la fiesta de Halloween.

El Juzgado de Menores número 1 de Murcia, en su sentencia de octubre de 2019, condenó al de joven de 16 años a un año de internamiento en un centro en régimen cerrado y tres años en régimen semiabierto, además de un año de libertad vigilada. El adolescente de 15 años fue condenado a cinco años de internamiento en régimen semiabierto, los dos últimos como libertad vigilada.

En ambos casos, cada uno de los jóvenes fue considerado autor material de una agresión sexual, en la que hubo penetraciones anales, bucales y vaginales, y de otro delito igual como cooperador necesario

Frente a esas condenas, el tribunal de la Audiencia, al estimar el recurso que presentó la Fiscalía y desestimar los que plantearon los acusados, ha señalado que por los hechos protagonizados por estos no era posible imponerles una condena en régimen semiabierto.

Así, fija la pena a cumplir por el menor de 15 años en tres años de internamiento en régimen cerrado, seguidos de dos años de libertad vigilada, mientras que el de 16 años deberá cumplir tres años y nueve meses en un centro de régimen cerrado y tres de libertad vigilada.

El tribunal destaca la gravedad de los hechos, en los que la niña no solo fue sometida a las agresiones sexuales, sino que, además, fue golpeada para vencer su resistencia a mantener las relaciones y los autores de los mismos se aprovecharon del estado en el que la misma se encontraba por la ingesta de bebidas alcohólicas.

El relato de hechos probados, que se mantiene, estableció que los mismos se produjeron en un lugar apartado, al que llegaron tras dejar el recinto donde se celebraba el botellón y añadió que ambos acusados conocían la edad de la perjudicada.

Los dos denunciados, junto con sus padres, deberán abonar a ésta una indemnización de 20.000 euros por los daños morales sufridos.

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