El TSJC archiva definitivamente la causa del 9-N tras cumplir la condena Mas, Ortega y Rigau

Mas, Ortega, Rigau y Homs, llegando al Tribunal de Cuentas en una imagen de archivo.
Mas, Ortega, Rigau y Homs, llegando al Tribunal de Cuentas en una imagen de archivo.
ACN
Mas, Ortega, Rigau y Homs, llegando al Tribunal de Cuentas en una imagen de archivo.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha archivado de forma definitiva la causa de la consulta del 9-N en 2014 al expresidente de la Generalitat Artur Mas y a las exconselleras Joana Ortega e Irene Rigau tras aprobar el licenciamiento definitivo de las penas de inhabilitación de cargos público y dar por satisfechas las penas económicas.

En un auto del 9 de julio, la Sala Civil y Penal da por liquidada la responsabilidad penal de los tres condenados por el 9-N a inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos y de funciones de gobierno en el ámbito autonómico y estatal, ha informado este viernes el TSJC.

En el auto también se dan por abonadas y satisfechas las penas económicas impuestas a Artur Mas, Joana Ortega e Irene Rigau, en los importes respectivos de 36.000 euros, 30.000 euros y 24.000 euros.

El Tribunal Supremo rebajó en diciembre de 2018 a un año y un mes de inhabilitación la condena de dos años que el TSJC había impuesto inicialmente a Artur Mas, mientras que a la exvicepresidenta Joana Ortega la bajó de un año y nueve meses a nueve meses y a la exconsellera de Enseñanza Irene Rigau de un año y medio a seis meses.

Además, el alto tribunal mantuvo las multas que impuso el TSJC, en concreto 36.000 euros para Mas, 30.000 para Ortega y 24.000 para Rigau.

El TSJC condenó en marzo de 2017 a Mas a la pena máxima por el delito de desobediencia -dos años de inhabilitación- al entender que "pervirtió los principios democráticos" e "hizo quebrar" la regla básica de sumisión a la ley, imprescindible para una "convivencia pacífica", con la consulta soberanista del 9-N de 2014.

Para el TSJC, Mas y las exconselleras Joana Ortega e Irene Rigau "alteraron en términos inaceptables el normal funcionamiento del Estado de Derecho" cuando ignoraron e "impusieron su voluntad" sobre la orden del Constitucional, con la "determinación firme de contravenir" la providencia que suspendía la consulta del 9-N y llevar a cabo la votación "hasta el agotamiento".

Si bien en el caso de Rigau el TSJC ya acordó dar por cumplida su inhabilitación en diciembre de 2019, para Mas y Ortega el alto tribunal catalán tuvo que certificar antes que no incumplieron la condena mediante el cobro de retribuciones públicas.

En este sentido, la Fiscalía desvinculó el pasado 5 de junio de la pena de inhabilitación el sueldo público que Mas cobra como expresidente de la Generalitat, lo que despejó el camino para poder liquidar definitivamente su condena.

En el caso de Ortega, la Generalitat confirmó al TSJC que no ha mantenido ningún vínculo ni ha percibido ninguna retribución económica de la administración catalana ni de sus organismos dependientes durante el periodo de su inhabilitación.

De esta forma, una vez fijada su inhabilitación hasta el 21 de febrero pasado -en el caso de Mas- y el 12 de marzo de este año -Ortega- sin que conste que durante su vigencia se haya contravenido ninguno de los efectos de las penas impuestas, el TSJC ha resuelto definitivamente la liquidación de su condena.

Con las penas de inhabilitación cumplidas tanto por Mas, como por Ortega y Rigau, el TSJC ha acordado ahora la liquidación definitiva de los tres al comprobar también que han abonado las multas que se les impusieron, con lo que archiva la causa sobre la ejecución de la condena, en una resolución que se puede recurrir ante el mismo tribunal.

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