Solicitar el voto por correo en las elecciones vascas y gallegas: plazos y documentación necesaria

Imagen de recurso de voto por correo
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EUROPA PRESS - Archivo
Imagen de recurso de voto por correo

Las elecciones vascas y gallegas, que estaban fijadas para el pasado 5 abril, tendrán lugar el domingo 12 de julio, tras tener que aplazarse por la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus. 

De este modo y ante la nueva situación, los ciudadanos podrán votar de forma presencial, yendo al colegio electoral que tengan asignado, pero también podrán hacerlo por correo, solicitando su voto a través de la web de Correos, sin tener que acudir en persona a una oficina postal.

Plazos y documentación para el voto por correo

Será necesario tener en cuenta los plazos estipulados por Correos para poder llevar a cabo el voto desde casa, que constará de tres pasos: plazo de solicitud, plazo de recepción la documentación y plazo de formalización del voto.

El plazo de solicitud online se abrió el pasado 6 de junio y puede hacerse hasta el 2 de julio, inclusive, tal y como informan desde Correos. Para solicitarlo, se necesita: 

  1. DNI electrónico. Si no se dispone de él, se puede obtener aquí. También es posible hacerlo con un certificado digital válido
  2. Completar los datos requeridos para la solicitud.
  3. Firmar electrónicamente.
  4. Descargar la solicitud.

El impreso oficial de solicitud está disponible en cualquier oficina postal y en la web de la sede electrónica del INE.

Una vez hecha la solicitud, la Oficina del Censo Electoral debe aprobarla para que te remita a la dirección indicada en la solicitud. Si es aceptada por la Oficina del Censo Electoral, la persona no podrá votar en la mesa electoral el día de la votación.

Después de hecha la solicitud, comienza el plazo para la recepción de la documentación electoral, que comenzará a llegar a partir del próximo 22 de junio por Correos. 

Por último, para formalizar el voto, el plazo acaba el 10 de julio a las 14:00 horas. Así, habrá que haber llevado antes de esa fecha toda la documentación necesaria a la oficina de Correos: 

  1. Sobre oficial de la mesa electoral y el voto
  2. Certificado de inscripción en el censo 

Sin embargo, el voto se puede entrega también al cartero en el momento en el que se reciba la documentación a cambio de un justificante acreditativo del depósito del voto.

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