Fase 1 en Madrid: ¿Puedo ir a cazar y a pescar?

Imagen de un hombre practicando la caza
Imagen de un hombre practicando la caza
FEDERACIÓN GALEGA DE CAZA - Archivo
Imagen de un hombre practicando la caza

El próximo lunes 25 de mayo, la Comunidad de Madrid pasará a la fase 1, momento en el que se podrá comenzar a hacer una serie de nuevas actividades que ya se permiten en esta etapa de desescalada. 

En cuanto a la caza y pesca recreativas, la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, por la que se establecía el levantamiento de algunas restricciones que se habían impuesto durante el estado de alarma, establecía: "No se encuentra comprendida dentro de esta habilitación la práctica de la pesca y caza deportiva". 

Sin embargo, tras la publicación de otra orden ministerial, la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, se modificaba esta medida. Así, con la entrada en la fase 1, los madrileños sí que podrán practicar la caza y la pesca como actividades deportivas. 

Para la realización de actividades de caza y pesca, habrá que tomar las siguientes medidas: 

  1. Cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad establecida será obligatorio el uso de mascarilla.
  2. No se compartirán utensilios de caza o pesca, ni utillaje de comida o bebida.
  3. Se deberá limpiar y desinfectar el vestuario después de su uso de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.
  4. Se deberán limpiar y desinfectar los utensilios de caza y pesca utilizados.
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