En la misma providencia se ha notificado, en relación a la solicitud de una nueva declaración del investigado M. K., encontrándose el mismo aislado y en cuarentena durante un periodo de quince días según el protocolo Covid-19 del Centro Penitenciario de Villabona, se acuerda señalar la misma para el próximo 2 de junio a las 10.00 horas, debiendo librarse a tal efecto las comunicaciones oportunas para su traslado hasta la sede judicial llanisca.
En relación a la solicitud de un careo entre los investigados M. K. y D. B., la magistrada ha decidido que no ha lugar por el momento a su admisión, en tanto resulta preciso para ello conocer la versión íntegra de los hechos que mantendrá el investigado M. K., y ello porque dicha diligencia no es admisible cuando las versiones de los investigados son esencialmente contrapuestas, como parece ser el caso, sino únicamente cuando existe discordancia sobre algún hecho o circunstancia concreta de la investigación.
La providencia no es firme y puede ser recurrida en reforma en el plazo de tres días ante el órgano judicial.
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