Coche, terrazas, tiendas,...¿dónde estoy obligado a llevar la mascarilla?

Pasajeros con mascarilla en el Metro de Madrid.
Pasajeros con mascarilla en el Metro de Madrid.
Jorge París
Pasajeros con mascarilla en el Metro de Madrid.

El uso de mascarillas será obligatorio en la vía pública y en espacios cerrados siempre y cuando no se pueda garantizar el cumplimiento de la distancia física de seguridad de dos metros entre personas, tal y como han acordado este lunes el Gobierno y las Comunidades Autónomas tras la reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. 

Esta medida se sumará a la obligatoriedad del uso de mascarillas en el transporte público, vigente desde el 4 mayo, y la orden ministerial que la regule se publicará en los próximos días. El objetivo es frenar los contagios durante la desescalada por fases que se está llevando a cabo en España. 

¿Dónde es obligatorio llevar mascarilla?

A día de hoy, la mascarilla únicamente es obligatoria en relación al ámbito de movilidad y transportes, uso obligatorio que está regulado en la Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo, sobre las instrucciones para la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y que fue modificada posteriormente por la Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo.

Así, se establece que "el uso de mascarillas que cubran nariz y boca será obligatorio para todos los usuarios del transporte en autobús, ferrocarril, aéreo y marítimo". A su vez, es obligatorio para los usuarios de los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluyendo al conductor y para los trabajadores de los servicios de transporte que tengan contacto directo con viajeros. 

Por su parte, en las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero), podrán viajar dos personas, siempre que vayan con casco integran con visera o utilicen mascarilla o residan en el mismo domicilio. Además, deberán llevar guantes.

No es obligatorio el uso de mascarilla en los vehículos particulares y privados de hasta nueve plazas, incluido el conductor, donde podrán viajar tantas personas como plazas disponga el vehículo, siempre que todas vivan en el mismo domicilio. Sin embargo, cuando no todas convivan en el mismo domicilio, sí será obligatorio llevar mascarilla y solo podrá haber dos personas por cada fila de asientos, respetando la máxima distancia posible entre los ocupantes. 

Esa misma normal se aplica en los transportes públicos de hasta nueve plazas. Además, en caso de que todos los usuarios convivan en el mismo domicilio, podrán ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor.

En los vehículos que solo tengan una fila de asientos solo podrán viajar, como máximo, dos personas, utilizando mascarilla de forma obligatoria y guardando la máxima distancia posible. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor. 

De este modo y a la espera de que se apruebe la nueva orden, solamente en estas situaciones es obligatoria la mascarilla. De todas formas, las autoridades sanitarias sí que recomiendan su uso de forma generalizada para ir a la compra, a establecimientos públicos o terrazas. 

Mostrar comentarios

Códigos Descuento