El Gobierno de Aragón asegura estar en condiciones de celebrar juicios virtuales

El Gobierno de Aragón ha asegurado que la comunidad está en plena disposición para cumplir las recomendaciones de celebrar vistas no presenciales tras el primer juicio telemático celebrado esta semana en Barbastro.

"En la situación en la que nos encontramos, con unas recomendaciones muy claras en cuanto a prevención, celebrar los juicios por videoconferencia, en una sala virtual, está claro que los hace más seguros. Es una forma de que no haya tanta movilidad, de que los abogados que viven en ciudades distintas a las de las sedes judiciales puedan acudir y participar en sus vistas con mayor seguridad", ha indicado la directora general de Justicia del Ejecutivo autonómico, María Angeles Júlvez.

El juicio celebrado en la capital del Somontano oscense en torno a un asunto de familia, tuvo lugar sin incidencias técnicas y puso de manifiesto que el sistema de salas virtuales puede ser de una utilidad relevante en los próximos meses desde el punto de vista preventivo, al evitar la acumulación de personas en las salas en las que celebren las vistas.

De hecho, en el juicio que se desarrolló en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Barbastro, que también fue pionero, junto al número 1 de la misma ciudad, en la implantación del expediente judicial electrónico, solo participaron de forma presencial la jueza titular, el Letrado de la Administración de Justicia y un Auxilio judicial.

"La posibilidad de videoconferencia desde una sala virtual en el ámbito judicial es ahora mismo una opción posible. Supone que haya menos afluencia de público en los edificios judiciales, también supone menor riesgo para los participantes ya que si uno de los intervinientes está en cuarentena o de baja por enfermedad no es necesario que vaya debidamente protegido ni suspender el juicio, porque se puede recurrir a la vía telemática", ha subrayado Júlvez.

En estos momentos, todos los juzgados, salas y secciones judiciales de la comunidad autónoma están en condiciones de ofrecer esta posibilidad de videoconferencia a través de una sala virtual y contribuir así a la recuperación del ritmo habitual de señalamiento de causas, bien entendido que su uso preferencial, en estos momentos, debe ser decidido por el titular de la sede en que se celebre la vista.

De hecho, estas dotaciones telemáticas ya han permitido en este tiempo de confinamiento, que una sección o sala pueda usar el sistema para la deliberación y fallo de sentencias, dictadas entre los tres magistrados de una sección, que pueden ver el documento que examina el ponente y acceder a él para continuar la deliberación.

MODERNIZACIÓN

Estas salas virtuales son el resultado del trabajo de modernización e incorporación de medios tecnológicos que viene realizando la Administración de Justicia aragonesa. Esta herramienta comenzó su implantación hace 9 meses y el conjunto de las mejoras realizadas han colocado a la comunidad autónoma en una posición puntera para poder afrontar la recuperación de la normalidad en la Administración de Justicia aragonesa.

Las salas virtuales permiten celebrar juicios orales -preferentemente civiles, del orden social y contencioso-administrativos- sin estar presentes todas la partes y participantes en el mismo lugar. Además, cada una de las sesiones queda grabada a través del sistema 'E-Fidelius', con lo que se descarta cualquier tipo de manipulación, a la vez que se solventa con el necesario rigor el requisito ineludible de esta garantía procesal.

Este mismo sistema permite, con la recién instalada fibra óptica en las Comisarías de Policía Nacional, a los Juzgados de Guardia y de Violencia sobre la mujer, tomar declaraciones a detenidos por vía telemática, sin que sea necesario su desplazamiento a las sedes judiciales.

En el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Barbastro se siguió el pasado miércoles el sistema que también está operativo en las demás sedes judiciales de la comunidad. El acceso web a las salas virtuales desde un ordenador personal, un portátil o un teléfono móvil puede efectuarse con un navegador que soporte webRTC como Google Chrome, Mozilla Firefox, desde la versión 59 o superior, Microsoft Edge, Opera y Safari (Apple). Una cámara web y un micrófono completan el equipo para realizar la videoconferencia.

En el caso de que no se disponga de cámara web, se podrá realizar la conexión sin que el resto de los asistentes puedan ver a la persona que carece de estos medios. Por otra parte, en el supuesto de que un asistente no cuente con un equipo informático para conectarse, podrá unirse a la sala virtual a través del teléfono llamando al número que se detalle en la invitación para participar.

USO PREFERENCIAL

El Capítulo III del Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente a la COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 30 de abril, establece una serie de medidas de carácter organizativo y tecnológico destinadas a afrontar de manera inmediata las consecuencias que ha tenido la crisis del COVID-19 sobre la Administración de Justicia.

De esta forma, el texto establece la celebración de actos procesales "preferentemente" mediante la presencia telemática de los intervinientes para garantizar la protección de la salud de las personas y minimizar el riesgo de contagio.

El Artículo 19 del Real Decreto-ley establece que durante la vigencia del estado de alarma y hasta tres meses después de su finalización, los actos de juicio, comparecencias, declaraciones y vistas y, en general, todos los actos procesales, se realizarán preferentemente mediante presencia telemática, siempre que los Juzgados, Tribunales y Fiscalías tengan a su disposición los medios técnicos necesarios para ello.

La directora general de Justicia del Gobierno de Aragón, María Angeles Júlvez, ha asegurado que "los juzgados, salas y secciones judiciales de la comunidad autónoma de Aragón están en condiciones de cumplir con esta preferencia" si bien ha destacado que "no es un sistema que se haya preparado de la noche a la mañana". "Llevamos muchos meses trabajando y ahora es cuando tiene una virtualidad real su uso".

La reforma operada en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) con ocasión de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, ya introdujo la posibilidad de que, para el juicio oral, el juez o tribunal, de oficio o a instancia de parte, por razones de utilidad, seguridad o de orden público, pueda acordar que la comparecencia y declaración de los imputados, testigos y peritos mediante videoconferencia u otro sistema similar que permita la comunicación bidireccional y simultánea de la imagen y el sonido.

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