El Supremo confirma las condenas a Millet, Montull y CDC por el 'caso Palau'

  • El tribunal rebaja las penas a Daniel Osácar y Gemma Montull.
Fèlix Millet junto a Jordi Montull en el juicio por el caso Palau
Fèlix Millet junto a Jordi Montull en el juicio por el caso Palau
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Fèlix Millet junto a Jordi Montull en el juicio por el caso Palau

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de la Audiencia de Barcelona a 9 años y 8 meses de prisión y multa de 4,1 millones de euros al que fue máximo responsable del Palau de la Música, Fèlix Millet, y a 7 años y 6 meses de prisión y multa de 2,9 millones de euros al también ex responsable de la entidad Jordi Montull.

Los magistrados ratifican también que los dos tendrán que devolver al Palau 23 millones de euros que desviaron en beneficio propio. Además, el Supremo también confirma el decomiso de 6,6 millones de euros a la antigua Convergència Democràtica de Catalunya (CDC) por lo que considera ganancias obtenidas por tráfico de influencias. 

Rebaja al ex tesorero Daniel Osàcar

Por contra, rebaja la pena al ex tesorero de CDC Daniel Osàcar, a quien absuelve de tráfico de influencias, y a Gemma Montull.

La sentencia, de 440 páginas, introduce algunas variaciones respecto a la que dictó la Audiencia de Barcelona el 29 de diciembre de 2017. Rebaja seis meses la pena de la ex responsable financiera de la entidad, Gemma Montull, que fue condenada a 4 años y 6 meses de prisión i que ahora tendrá que cumplir una condena de 4 años. Tendrá que pagar igualmente una multa de 2,6 millones de euros por el delito de blanqueo de capitales.

Rebaja seis meses la pena de la 
ex responsable financiera de la entidad, Gemma Montull

El Supremo también rebaja la condena al ex tesorero de CDC Daniel Osácar, a quien absuelven del delito de tráfico de influencias. Osácar fue sentenciado a 4 años y 5 meses de prisión y ahora, una vez excluidos los 11 meses del tráfico de influencias, tendrá que cumplir una condena de 3 años y 6 meses. 

Tendrá que pagar igualmente una multa de 3,7 millones de euros como autor de un delito de blanqueo de capitales en concurso con un delito continuado de falsedad en documento mercantil y otro de falsedad contable, con el atenuante de dilación extraordinaria e indebida en la tramitación del procedimiento.

El Supremo absuelve a Osácar del delito de tráfico de influencias porque “no consta acreditado" que la empresa Ferrovial pagase una comisión a cambio de la adjudicación de obra pública mientras él era tesorero de CDC, a pesar de que la sentencia sí que considera probado que esta empresa hizo llegar antes dinero a CDC a cambio de concesiones.

El Supremo también modifica la distribución del coste del proceso que han de pagar los condenados. Lo hace en función de la cifra de delitos y dentro de cada delito en función del número de acusados. Además establece que el límite de la responsabilidad civil a título lucrativo de la mujer de Millet por los gastos de la boda de la hija de Millet, que se pagó con dinero de la entidad, es de 4,7 millones de euros.

Mantiene el resto de las condenas

El Supremo mantiene el resto de condenas establecidas por la Audiencia de Barcelona. Son dos años para el abogado Raimón Bergós; 1 año y 9 meses para el abogado Santiago Llopart, y 8 meses para el asesor fiscal Edmundo Quintana.

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