"Los juzgados mercantiles se podrían colapsar por un aluvión de demandas de insolvencia y concursos de acreedores"

  • Entrevista a Diego Comendador, Presidente de la Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC).
Lavín y De León en el juicio mercantil por el concurso de acreedores de Ecomasa
Imagen de archivo de un juicio mercantil por el concurso de acreedores de Ecomasa
EUROPA PRESS
Lavín y De León en el juicio mercantil por el concurso de acreedores de Ecomasa

¿Cuándo se levante el estado de alarma prevén un colapso del sistema judicial por un alud de concursos de acreedores?

Todas las previsiones, incluso de los poderes públicos, estiman que cuando se levante el estado de alarma se producirá un aumento bastante considerable en el número de solicitudes, tanto de mediación concursal, como de concursos de acreedores. Y de confirmarse estas previsiones no cabe duda de que los juzgados mercantiles, podrían colapsarse, teniendo en cuenta, además, que ya en la actualidad se encontraban bastante saturados. 

Por ello es absolutamente necesario el establecimiento de medidas urgentes y extraordinarias que ayuden a paliar esta situación. Y por ello, también, es necesario un cuerpo especializado, profesional y muy bien formado que ayude en este sentido.

Diego Comendador, presidente de ASPAC.
Diego Comendador, presidente de ASPAC.
Cedida por ASPAC.

¿Qué se podrá hacer para aligerar el bloqueo por la oleada de procedimientos de insolvencias?

Desde ASPAC hemos elaborado un documento que recoge una serie de propuestas encaminadas a mitigar el impacto que el esperado aluvión de demandas de insolvencia va a provocar. 

En el caso concreto de los concursos de acreedores, lo que proponemos es que a los administradores concursales que puedan acreditar una experiencia probada en esta materia se les encarguen una serie de funciones que actualmente se están realizando desde el juzgado. 

Esto es, proponemos gestionar la práctica totalidad del procedimiento del concurso de acreedores. Por supuesto, con la debida información al órgano judicial de las gestiones que se vayan realizando, reservando, de esta manera, la función del juez para determinadas acciones puntuales tales como incidentes mayores, reclamaciones de terceros frente a las actuaciones llevadas a cabo por el administrador concursal, etc. 

¿Qué conseguirían con ello?

Conseguiríamos un doble objetivo. Por un lado agilizar los procedimientos concursales y por otro liberar recursos de los juzgados que pueden ser dedicados a otro tipo de procedimientos.

¿Tienen alguna previsión de cuantos concursos de acreedores habrá aproximadamente?

Es muy difícil predecir el número de concursos que se pueden llegar a presentar. Se habla de miles. Sin embargo, creemos que lo más importante sería, además de lo mencionado en el punto anterior, el establecer mecanismos que puedan contribuir a evitar los concursos de acreedores, a través de procesos de refinanciación y reestructuraciones extrajudiciales. 

Es muy difícil predecir el número de concursos de acreedores, pero se habla de miles

También desde ASPAC estamos en condiciones de ayudar y gestionar en esos procesos. Ya en la Directiva (UE) 2019/1023 sobre insolvencias recientemente aprobada y pendiente de transposición a nuestro ordenamiento jurídico se establece que esos procesos – reestructuraciones– deberán estar asistidos por un Administrador en materia de reestructuraciones, otorgándole esa función a los administradores concursales.

¿Se podrán evitar muchas quiebras empresariales?

En España el porcentaje de empresas que presentan concurso para posteriormente acabar liquidándose es muy superior al 90%. Por tanto si se establecen medidas coyunturales para paliar lo que se viene llamando como “el día después”, se podrían evitar muchas quiebras. 

En España el porcentaje de empresas que presentan concurso para posteriormente acabar liquidándose es superior al 90%

Es importante añadir que el tiempo del concurso es clave para evitar quiebras. En España duran demasiado, especialmente por la saturación de los juzgados, por lo que nuestras propuestas también ayudarán a acortar los mismos y, por tanto, a sacar a flote las empresas que sean viables, que siempre es nuestro ánimo final. 

Por último, también es muy importante que los empresarios, los autónomos e incluso las personas físicas no se precipiten en la toma de decisiones. Es necesario un análisis sereno de la situación de cada uno, asesorado por un verdadero profesional en la materia, que le ayudará y conducirá a tomar la mejor decisión. Porque, como decía antes, puede haber soluciones distintas a las del concurso.

¿Qué medidas concretas proponen desde el punto de vista técnico? ¿Cómo pueden ayudar las nuevas tecnologías?

No cabe la menor duda de que las nuevas tecnologías tienen que jugar un papel trascendental en la tramitación de los procedimientos de los concursos de acreedores. 

Así, entre nuestras propuestas figuran, entre otras, la de la aceptación telemática del cargo del administrador concursal y la obligatoriedad de que conste una dirección de correo electrónico de todos los acreedores del concursado. Todas las comunicaciones de la administracion concursal se realizarían de forma telemática, aprovechando además las plataformas que tienen los órganos de la justicia (Lexnet y otras).

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