El Gobierno ha puesto en marcha una serie de medidas para mitigar los efectos económicos y sociales en la población derivados de la crisis sanitaria del coronavirus. Una de estas medidas incluye la flexibilización de los expedientes de regulación de empleo temporal (ERTE) para evitar la suspensión definitiva de empleos.
Para ello, los trabajadores afectados por ERTEs podrán solicitar la prestación por desempleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), independientemente el tiempo cotizado.
Para su procedimiento, la empresa será la encargada de presentar la solicitud una vez aprobado el ERTE. Los trabajadores, a nivel individual, no tienen que presentar solicitud ni cita previa. La gestión se realiza directamente entre el SEPE y la empresa.
Pero, ¿qué sucede si tienes hijos o hijas a tu cargo? ¿Tiene la persona afectada por ERTE que realizar una reclamación o algún trámite?
Las personas afectadas no tendrán que hacer ningún trámite
Los sindicatos han alertado de que había personas afectadas por ERTE que no estaban recibiendo el complemento en su prestación por número de hijos a su cargo.
Este lunes, el SEPE ha publicado una nota informativa explicando que comprobarán de oficio el aumento de prestaciones por hijos o hijas al cargo. De esta manera, los trabajadores no van a necesitar realizar ningún trámite al respecto.
Inicialmente, el SEPE ha tenido en cuenta en estas tramitaciones los hijos e hijas a cargo de los que tenía información en su sistema. "Una vez que tengamos reconocidas las prestaciones de todas las personas afectadas por ERTE, el SEPE regularizará de oficio el aumento de las cantidades a quienes tengan derecho y no se disponga del dato de hijos e hijas a cargo, sin que las personas afectadas tengan que realizar reclamación alguna", señala el comunicado.
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