Según ha informado al Alto tribunal en un comunicado recogido por Europa Press, el auto con fecha del pasado 9 de abril desestima la petición de tutela cautelar realizada por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) contra la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León para poner a disposición de los trabajadores mecanismos de protección que preserven la salud de los mismos frente al coronavirus.
La Sala entiende que la solicitud realizada por el sindicato "tiene imprecisiones en su planteamiento". Entre otros aspectos, señalan que se desconoce "en términos claros, precisos y concretos" si CSIF actúa "en virtud del cauce de derecho fundamental o conflicto colectivo, si la solicitud se dirige contra todo el colectivo sanitario o parte del mismo, y si la tutela que se insta queda circunscrita a la adopción genérica de los distintos medios de protección o solo la realización de test de diagnóstico".
En todo caso, el auto reserva acciones a la parte actuante, CSIF,por plazo de 20 días para presentar la demanda del pleito principal.
Además, el texto repasa las resoluciones de juzgados de distintas provincias de Castilla y León a raíz de reclamaciones planteadas por el sindicato de médicos CESMCyL o por alguno de los colegios de médicos, lo que ha derivado en reclamaciones a la Consejería de Sanidad para que aportara en un plazo breve y en cantidad suficiente el material de protección individual necesario en todos los centros hospitalarios, asistenciales, emergencias y otros centros.
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