De esta forma se regula cómo conceder las ayudas ya anunciadas y qué requisitos hay que cumplir. En concreto, podrán solicitar las subvenciones previstas las personas empresarias y profesionales individuales, así como los socios y socias de las comunidades de bienes y sociedades civiles.
Los interesados deben tener el empadronamiento y la residencia efectiva, así como el domicilio social y fiscal, y actividad empresarial en Euskadi. También deben radicar el centro de trabajo en esta comunidad autónoma.
Las solicitudes deberán presentarse mediante el modelo oficial a través de la sede electrónica a la que se accederá desde
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