La orden de vedas de caza en Extremadura entrará en vigor al concluir la crisis sanitaria por el Covid-19

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) recoge este jueves una corrección de la orden general de Vedas de Caza para la temporada 2020/2021 en la región, publicada el 31 de marzo, por la que se modifica la entrada en vigor de la misma.
Cazadores. Real Federación Española de Caza.
Cazadores. Real Federación Española de Caza.
RFEC - Archivo
Cazadores. Real Federación Española de Caza.

La Junta de Extremadura precisa en el DOE que la orden entrará en vigor al día siguiente a aquél en que pierda vigencia el estado de alarma para gestionar la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

Además, el DOE también publica este jueves la resolución de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, que suspende la presentación de la comunicación previa a la que está sujeta la realización de las acciones cinegéticas contempladas en la mencionada orden, informa en nota de prensa la Junta de Extremadura.

En concreto, la resolución se refiere a las acciones contempladas en los artículos 59 de la Ley 14/2010, de Caza de Extremadura, y el 39 del Decreto 34/2016, que aprueba el reglamento que regula el ejercicio de la caza, la planificación y ordenación cinegética, en tanto se mantenga establecida la situación de alerta respecto a los términos y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público, acordada por la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma.

Por tanto, las comunicaciones previas para cazar deberán ser presentadas a partir del día en el que deje de tener efecto dicha declaración, sin que puedan ser tenidas en cuenta las presentadas antes de dicha fecha.

De este modo, las acciones que se presenten antes no podrán determinar la prioridad en la elección en los casos de concurrencia de caza en cotos colindantes y será preciso presentar una nueva comunicación previa a efectos de efectuar el reparto correspondiente, según recoge la publicación de la Dirección General de Política Forestal.

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