Defensa sanciona con seis meses de suspensión al teniente de la Guardia Civil de Roquetas

El Ministerio del Interior decidió incoar un segundo expediente disciplinario, por falta muy grave, al teniente J.M.R.y uno a los ocho guardias civiles supuestamente implicados en laagresión sufrida por un detenido, que falleció, en el cuartel de laGuardia Civil de Roquetas (Almería). El teniente también fue sancionadocon seis meses de suspensión.
Cuartel Roquetas donde murió Juan Martínez, en el recuadro (EFE)
Cuartel Roquetas donde murió Juan Martínez, en el recuadro (EFE)
EFE
Cuartel Roquetas donde murió Juan Martínez, en el recuadro (EFE)

Según informaron fuentes oficiales, Interior adoptó estas decisiones, además de suspender cautelarmente de sus funciones durante tres meses a los ocho agentes, lo que ha comunicado a Defensa, ya que este Ministerio puede acordar un sanción de un tiempo superior si se dan "una serie de circunstancias", lo que ha hecho ya este Departamento.

Lo primero que hizo Defensa, según las fuentes, es ampliar el tiempo de suspensión del teniente. El pasado 26 de julio, Interior ya le había abierto un expediente disciplinario por falta muy grave y le suspendió "de una manera fulminante en sus funciones" por tres meses. Defensa le ha sancionado con seis meses, al igual que luego hizo con otros siete miembros del instituto armado.

Las últimas decisiones de Interior, según las fuentes citadas, han sido adoptadas después de que este Departamento haya sido informado de la autopsia del fallecido y tras recibir la imputación formal en el proceso penal de los nueve agentes y la documentación que le ha hecho llegar la Guardia Civil en el seno de la investigación interna.

El expediente disciplinario que abre Interior a los nueve, el segundo para el teniente y el primero para el resto, es por una falta muy grave contemplada en el artículo 9.2 de la ley de régimen disciplinario de la Guardia Civil y que versa sobre "el abuso de atribuciones y la práctica de tratos inhumanos, degradantes, discriminatorios o vejatorios a las personas que se encuentren bajo su custodia".

El primero que se le abrió al teniente, el del pasado 26 de julio, fue por una falta muy grave contemplada en el artículo 9.9 del reglamento de la Guardia Civil, es decir por "observar conductas gravemente contrarias a la disciplina, servicio o dignidad de la institución que no constituyan delito".

El Ministerio encabezado por José Antonio Alonso decidió la apertura de ese primer expediente después de que responsables de ese Departamento fueran informados de que el teniente hizo uso de dos armas no reglamentarias, una porra eléctrica y otra extensible, para intentar reducir al detenido, que posteriormente falleció.

Esto se pudo constatar en el transcurso de la investigación interna que se abrió tras el suceso, cuando se visionaron las imágenes que habían grabado las cámaras ubicadas en el patio del cuartel, según las fuentes mencionadas.

Interior ha ido dando traslado de estas decisiones al Ministerio de Defensa para que valorara si debía ampliar el tiempo de suspensión de los agentes, lo que ha realizado en los nueve casos.

Defensa ha acordado sancionar con seis meses de suspensión de funciones a los nueve en virtud del artículo 85 de la Ley de Personal de la Guardia Civil. Según este artículo, el pase a la situación de suspenso de funciones de los guardias civiles se podrá acordar como consecuencia del "procesamiento, inculpación o adopción de alguna medida cautelar contra el imputado en un procedimiento penal o por la incoación de un expediente gubernativo".

Añade el artículo que el ministro de Defensa, "valorando la gravedad de los hechos imputados, la existencia o no de prisión preventiva, el perjuicio que la imputación infiera al régimen del Instituto o la alarma social producida, podrá acordar la suspensión en el ejercicio de sus funciones" El ministro del Interior, añade la ley, "determinará si dicha suspensión lleva consigo el cese en el destino".

"El guardia civil en situación de suspenso de funciones permanecerá inmovilizado en el puesto que ocupe en el escalafón", según la legislación, que añade que "el periodo máximo de permanencia en esta situación será de seis meses o el de duración de la prisión preventiva, caso que se hubiere acordado por la autoridad judicial en algún momento del procedimiento y fuese superior a seis meses".

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