Las comunidades de propietarios tienen cada semana una cita con el consultorio en el que el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid da cumplida respuesta a las inquietudes que surgen en el día a día de los edificios.
Para formular tu pregunta escribe a la dirección de correo electrónico consultoriovivienda@20minutos.es. Estas son las dudas resueltas esta semana por nuestra experta, Patricia Briones, abogada del CAF Madrid.
CONSULTA Tenemos portero en la finca y estamos preocupados con esto del coronavirus. Directamente pregunto, ¿puede trabajar con alguna medida de seguridad, no puede? ¿Hay funciones que sí puede hacer y otras no?
Necesitamos su ayuda porque hay propietarios que no quieren renunciar a él y yo, como presidenta, no lo tengo claro.
RESPUESTA DE LA EXPERTA Trasladada la consulta a nuestra asesora laboral, Carmen Jiménez, nos comunica lo siguiente: según las recomendaciones publicadas por el Colegio de Administradores en la Circular para conserjes y porteros se aconseja mantener la distancia de seguridad, acudir únicamente a emergencias, permaneciendo en su casa el mayor tiempo posible.
Así como realizar la limpieza a primera hora cuando menos tránsito haya en la finca e intensificar dicha limpieza en zonas sensibles, utilizando equipo de protección (guantes y mascarilla) y realizando una ronda de seguridad breve por las tardes y la recogida de residuos.
CONSULTA A través de un agencia alquilé un piso. Al año subieron los alquileres y desde entonces quieren que nos vayamos. En la vivienda hay una serie de averías e irregularidades que les fueron comunicadas pero no dan respuesta ni solución para que nos vayamos.
RESPUESTA DE LA EXPERTA En ese caso, existe un claro incumplimiento de las obligaciones del arrendador y causa directa de resolución del contrato.
CONSULTA Estamos de alquiler desde diciembre de 2016. Cuando entramos la caldera iba mal, mi pareja consiguió arreglarla un año más hasta que se estropeó y la cambio la propietaria sin problemas.
A los 3 meses de entrar la lavadora tambien empezó a ir mal, y nos la cambió, nos puso una de 198 euros que se ha vuelto a estropear. Me dio el teléfono de la tienda donde la compró y se quita el bulto.
¿Quién debe hacerse cargo de la reparación de los electrodomésticos?
RESPUESTA DE LA EXPERTA Las reparaciones ordinarias derivadas del uso y desgaste de electrodomésticos le corresponde al arrendatario. Por el contrario, las sustituciones le corresponden al arrendador.
"Con la situación de alarma nos enfrentamos al pago simultáneo de alquiler y de hipoteca, y nos es imposible"
CONSULTA A finales de febrero firmamos la compra de nuestra nueva vivienda. Actualmente vivimos de alquiler y teníamos previsto mudarnos en los últimos días de este marzo.
Con la situación de alarma me temo que será imposible, pero el problema es que de cara al mes que viene ya tendríamos que hacer frente al pago del recibo de la hipoteca (el mes anterior solo pagamos los intereses correspondientes a los días que faltaban entre el dia de la firma y el último de mes), y si no podemos irnos de nuestra actual vivienda, entiendo que también tendríamos que pagar la mensualidad del alquiler.
¿Qué podríamos hacer sobre esto? El pago de alquiler y hipoteca de forma simultánea se nos hace imposible.
RESPUESTA DE LA EXPERTA La fecha del contrato puede negociarse entre las partes dada la situación excepcional en que nos encontramos que, al menos, va a prolongarse otros 15 días más. En cuanto al pago de la hipoteca, puede hablar con el banco para ver si cumple con las condiciones para que le concedan una moratoria.
También puede consultar con el Ayuntamiento. Por ejemplo en la web del Ayuntamiento de Madrid en el área de preguntas frecuentes, relativa a si está permitido realizar mudanzas, se indica lo siguiente:
"Vista la afección que esta actividad con carácter general puede tener sobre otros ciudadanos, en el término municipal de Madrid, se autorizarán únicamente mudanzas urgentes siempre que el peticionario justifique de manera clara e inequívoca que la mudanza es imprescindible y no puede ser aplazada. Para ello, será necesario que el cliente aporte la documentación necesaria que permita evaluar la citada urgencia".
CONSULTA En mi edificio somos 6 viviendas y dos locales. Los propietarios de los locales no contribuyen con los gastos generales de la comunidad desde el inicio de esta.
Alegan que el acceso a sus locales es por la fachada y no por la entrada a la comunidad, como el resto. Tienen los contadores de agua y luz dentro del recinto de entrada.
¿Deberían de pagar los gastos de comunidad como el resto? Solamente pagan la parte proporcional del seguro de la comunidad.
RESPUESTA DE LA EXPERTA Los locales están obligados a contribuir al pago de los gastos conforme a su coeficiente de propiedad o lo especialmente establecido en el título constitutivo o estatutos.
En consecuencia, estarán únicamente excluidos de aquellos gastos que se encuentren expresamente exonerados o de aquellos servicios que de origen no estén enganchados por ejemplo la calefacción.
CONSULTA Han edificado a tres metros de mi fachada trasera a la que dan mi cocina y baño. Antes de edificar aquello había sido un solar toda la vida y ahora que pretendo vender mi piso, el nuevo edificio hace que pierda valor puesto que nos quita mucha luz y ventilación. ¿Puedo pedir una indemnización por este motivo?
RESPUESTA DE LA EXPERTA Si han edificado dentro de los linderos del solar y conforme a la normativa urbanística vigente, entiendo que no aunque veo necesario que estudien su caso en profundidad tanto desde un punto de vista civil como administrativo.
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